Supongo que dependerá de la normativa de cada país, pero en principio no a no ser que superes ciertos umbrales (impuesto sobre el patrimonio).
Tengo entendido que tanto Laszlo como el que pagó la pizza con fiat (y recibió los
BTC) son de EE.UU., y allá no existe el impuesto sobre el patrimonio/bienes personales. Parece que la mismísima constitución estadounidense lo impide, al menos a nivel federal/nacional.
Aparentemente hay algunas jurisdicciones de EE. UU. que sí tienen impuestos al patrimonio (excluyendo el inmobiliario que obviamente sí existe en todo el país, o casi todo el país), pero me según lo que leí la base imponible en estos casos lo constituyen más bien a valores de índole empresarial, Bitcoin no está afectado.
O sea, para los que tienen grandes fortunas de Bitcoin lo que importa es aparentemente el impuesto a la renta/a las ganancias, es decir solo hay que pagar por la ganancia cuando vendés los Bitcoins. Si los guardás por un año o más, no aplica el impuesto a la renta "normal" sino una tasa reducida de 10% o 20% (a partir de 459750 $) según la cantidad (la "long term capital gains tax", ver
aquí).