y que hay con la noticia de que hay que notificar todas las transacciones que se hagan con criptomonedas?
Yo de eso me olvido hasta que haya una regulación que aclare el tema y que además esté publicada en el BOE, es que no podemos hacer caso de todo lo que suene, las leyes, normativas o regulaciones deben estar inscritas en el BOE, sino, no dejan de ser especulaciones que solo consiguen confusión.
Te pego aquí el texto que he publicado en otro hilo al respecto del tema, que ya de paso, por si quieres leer más opiniones al respecto es
este que inició el amigo paxmao.
No se puede, algo había comentado en otro hilo con respecto al pago de impuestos, ¿cómo regulas y fijas un valor de la criptomoneda que sea en determinado momento? Es decir, supongamos que el día 20 hay que pagar los impuestos, y que en nuestra documentación fiscal declaramos que ese día tenemos 1 bitcoin, la apertura de ese día fué con un valor de 7.000 dólares y el cierre con un valor de 8.000 dólares...
¿Cuánto tienes que tributar ahí? Qué valor en fiat le das a ese bitcoin a la hora de entregar la declaración en hacienda?
Si le das un valor de 7.000 dólares, puede que luego te llegue una complementaria donde diga que tendrías que haber declarado por el importe mayor del día que entregas la declaración, y tener que abonar más fiat a hacienda...
Por el contrario si a la declaración le das un valor de 8.000 dólares, y al cierre de ese día está a 7.000, te vas a morder las uñas.
Por eso digo y mantengo, que hasta que no haya una regulación que recoja todas las opciones posibles de forma clara y concisa, sólo debemos declarar lo que pasamos a fiat y por supuesto lo que paguemos directamente con la criptomoneda que sea, porque eso realmente sí tiene un importe fijado de uso final, si pagamos en una página online con bitcoin y obtenemos una factura por esa compra, sabremos que declarar, y lo mismo a la hora de pasar criptomoneda a fiat, en el momento de hacer la transacción sabemos lo que enviamos, recibimos y el coste de la operación.
Por supuesto es mi parecer personal y no pretendo convencer a nadie de que declare ni más ni menos de lo que pensara declarar antes de leer este mensaje, solo faltaría. Hablar de estos temas a veces puede llevar a malas interpretaciones. Grin
Esto por un lado, y por otro, creo que identificar a personas y vincular a estas con una determinada dirección wallet, puede ser trabajo de chinos, no digo que no pueda ojo, digo que si tienen que hacer esto con miles o millones de personas, van listos, en cuanto a falta de tiempo, medios y conocimientos actuales. Y si a esto le sumas que hay criptomonedas expresamente creadas para evitar el seguimiento, pues todavía le damos una vuelta de tuerca más.
Y ahora además, se suman otras opciones de forma privada, donde ya hay oferta de exchange sin tener que subir tus criptomonedas a ningún monedero online, pero que por contra sí te permite intercambiar entre usuarios de la misma exchange, así que, si hacienda no quería arroz, toma dos tazas.