España ha aprobado una nueva ley de dinero electrónico (que me parece que viene de la UE). No soy abogado y estaría bien que algún abogado o alguien que sepa de leyes nos dijera si esta ley implica algo para Bitcoin.
http://boe.es/boe/dias/2011/07/27/pdfs/BOE-A-2011-12909.pdfNo estoy seguro de que Bitcoin entre en la definición de dinero electrónico de la ley:
Se entiende por dinero electrónico todo valor monetario almacenado por medios
electrónicos o magnéticos que represente un crédito sobre el emisor, que se emita al
recibo de fondos con el propósito de efectuar operaciones de pago según se definen en el
artículo 2.5 de la Ley 16/2009, de 13 de noviembre, de servicios de pago, y que sea
aceptado por una persona física o jurídica distinta del emisor de dinero electrónico.
Tal como yo lo entiendo (y repito no soy abogado así que podría estar totalmente equivocado) Bitcoin no representa un crédito sobre el emisor, ni se emite al recibo de fondos. Me da la impresión que van a tener un problema enorme para definir legalmente Bitcoin, una moneda descentralizada y voluntaria, como dinero sin una definición tan amplia que incluya cualquier intercambio no monetario.