En el fondo, parece que aplica a todos: Exchanges o similares custodios, ICOs (hay referencia a oferta inicial de moneda en el texto íntegro del anteproyecto) y personas físicas. Lo que hace es igual que con los bancos: solicitar la información a las entidades custodio y a los particulares, a fin de ver el cuadre de los datos de unos y otros.
No termino de verlo. La página 33 reza así:
“6. Las personas y entidades residentes en España y los establecimientos permanentes en
territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios
para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros, para mantener,
almacenar y transferir monedas virtuales,
Yo entiendo esto como:
a) Las personas residentes en España que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros
b) Las entidades residentes en España que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros
c) Los establecimientos permanentes en territorio español de personas residentes en el extranjero que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros
d) Los establecimientos permanentes en territorio español de entidades residentes en el extranjero que proporcionen servicios para salvaguardar claves criptográficas privadas en nombre de terceros
No lo veo como que "las personas/entidades que posean claves criptográficas".
Justo a continuación hay un punto 7 que empieza igual pero menciona otras actividades. Lo mismo, se refiere a quien presta servicios.
Justo a continuación se mencionan las ICOs pero refiriéndose a quien las "realice", no a quienes participan.
Luego en la página 56 hay un punto d) sobre declarar las posesiones en el extranjero. Este punto d) está en el contexto de "Los obligados tributarios deberán suministrar a la Administración […] la siguiente información" (misma página 56 al principio). En la página 45 se puede ver que el contexto más amplio es "Artículo 10. Modificación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria". Me imagino que masticándose esa ley podremos saber quiénes son esos "obligados tributarios" pero me da en la nariz que eso ya sí se refiere al pueblo llano.