Quizás un aspecto a contemplar en todo esto es el "cuadre legal" (o no) de los BTCs ganados a través de un trabajo pagado en dicha moneda (o en cualquier criptomoneda). Si bien cada país ofrece distintas regularizaciones y opciones de gasto de los BTCs al margen de las mismas, es cierto que, cada vez más, se van cerrando los grifos de conversión cripto a fiat sin poder tener taxativamente justificados los orígenes de los fondos.
Pongamos por caso que una persona gana en BTC mensualmente 3 o 4 veces el salario mínimo del país, y que es su fuente de ingresos. Salvo que esté en El Salvador, tendrá probablemente que convertir a fiat parte de lo ingresado, por lo que técnicamente, el origen debería de estar bien atado mediante un contrato que lo justifique.
Como digo, todo depende de las circunstancias de cada cual, las cuantías, y el entorno de posibilidades que ofrece el país, pero es algo a contemplar dentro de este apartado.
Tienes toda la razón colega, un tema muy importante es la legislación de bitcoin, personalmente he hablado sobre este tema con mis contadores, y cuando trabajaba bajo sueldo para un casino les pregunté como debía de abordar este tema de forma lega. Ellos me comentaron que lo mejor era no avisarle al gobierno ya que el tema era muy complejo, el echo de que mi empleo fuera en el extranjero ya generaba ciertos impuestos, y el que me pagaran en criptos era un problemón ya que no hay la legislación para declarar impuestos bajo esta modalidad.
Lo Mejor es manejarse con perfil bajo y no hacer movimientos de dinero que disparen las alertas