Elbill, he de decirte que en España, el sistema financiero está intentando boicotear la nueva economía real, o sea, los bitcoins. Para esto el sistema dispone de los IBAN de los principales exchanges, y en caso que superes una cantidad de transferencias, ellos te penalizan, cerrando cuentas, retrasando o devolviendo estas transferencias, etc... Esto no es por otro motivo que el bitcoin permite de una manera transparente realizar "Depósitos", los cuales son las principales fuentes de ingresos de las entidades bancarias.
Recientemente, la Delegación de Hacienda en Baleares ha publicado una Resolución Vinculante (RV 2228-13) que establece lo siguiente:
- El bitcoin no es una moneda debido a que no cumple los requisitos establecidos por la Ley.
- El bitcoin es un bien de compra/venta que está exento de Impuestos de Valor Añadido.
Como comprenderás, esto sienta jurisprudencia a nivel estatal, y cuando se haga una ley con referencia al bitcoin, se tendrá que tener en cuenta esta Resolución.
Por tanto, El bitcoin NO ES UNA MONEDA sino un BIEN DE COMPRA Y VENTA, como lo son las acciones que pudieras tener en el mercado convencional, y como estas, para evitar problemas con Hacienda, es recomendable que en tus declaraciones de la Renta, especifiques como tal la cantidad de euros que has obtenido por esta compraventa de bitcoins.
Con respecto a las entidades financieras, decirte que yo también he tenido este problema en España hacia los bitcoins cuando he informado de la creación de mi empresa en el momento de las aperturas de cuentas, y sólo la entidad Arquia me ha facilitado esta cuenta, pero cobrándome un % por las transferencias SEPLA.
Pide que te den por escrito el motivo de la cancelación de tus cuentas, y acude a la Oficina del Consumidor y explícales lo que te ha pasado. El banco se negará a darte por escrito el motivo así que pideles hoy ese escrito, si la semana que viene no lo tienes, vuélveles a pedir el escrito dándoles un plazo de 1 semana, que en caso contrario acudirás a un abogado para interponer una demanda civil por Estafa dado que de acuerdo con la RV 2228-13 tienes todo el derecho de recibir el importe de esas transferencias bancarias. Que ya informarás a Hacienda de su procedencia en tu Declaración de la Renta, pero ellos no pueden realizar una cancelación definitiva de todas tus cuentas, sólo una congelación de las mismas, y bajo la orden de un juez.