DdmrDdmr (OP)
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February 07, 2021, 11:29:46 AM |
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El tema es que está cambiando la legislación en estos momentos, y deberemos ver el devengo de las deliberaciones sobre el redactado definitivo y su interpretación. La lectura de lo que vamos viendo al respecto nos produce dudas e incertidumbre, y entiendo que lo mismo le sucederá a las asesorías que interpreten la información que va saliendo. En todo caso, siendo "puristas", lo de hodler es también relativo, pues depende de cómo llegamos a generar esas criptomonedas de partida. Por ejemplo, puedes ser hodler de bitcoin desde hace años, pero precedido de algún trading inicial. Ahí uno tiene en teoría una ganancia o pérdida previa que, teóricamente, se debería haber declarado en su momento. También uno podría ser hodler de ingresos de campañas o de un airdrop, pero ambos, en teoría, podrían llegar a tener su base impositiva (cuanto menos las campañas como una suerte de rendimientos del trabajo). El tema es que prácticamente nadie lo ha llevado al dedillo desde el momento de partida, en parte por la incertidumbre en uno y otro lado, y en parte también por no querer exponerlo a todas luces bajo los focos. Por ahora, puede que se esté generando una generación de hodlers por incertidumbre, pudiendo o no coincidir por convencimiento…
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Porfirii
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February 07, 2021, 06:30:17 PM |
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Por ahora, puede que se esté generando una generación de hodlers por incertidumbre, pudiendo o no coincidir por convencimiento…
Esto lo he pensado muchas veces y me alegra que saques el tema aquí. Y es que es una teoría pero puede que la subida del precio se deba a tantísima gente en muchos países en los que la regulación no está clara, que no se atreve a vender por las posibles consecuencias. No hay mal que por bien no venga, alguna ventaja tenía que tener toda esta incertidumbre... Desconozco el impacto real, pero está claro que en cierta medida la presión de venta es menor que lo que cabría esperar en un libre mercado por todos los hodlers por obligación. Otra cosa es que sea una parte ínfima respecto a los mineros y ballenas. Un tema interesante para una tesis doctoral, pero tampoco me parece práctico ahondar en el detalle más que por mera curiosidad.
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DdmrDdmr (OP)
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February 09, 2021, 02:56:19 PM |
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La lectura de artículos como el siguiente no son precisamente de buen agrado dado su contenido: https://www.elespanol.com/invertia/mercados/criptomonedas/20210209/plataformas-bitcoin-tienden-mano-hacienda-cazar-evasores/557445748_0.htmlSe me había pasado por alto, o no había llegado a ver, que Hacienda tiene por objetivo recaudar 40M € al año a través de las criptomonedas. Digamos que, siendo una cifra modesta en los presupuestos, supone poner en marcha marcajes y dar sustos a diestro y siniestro. Como he dicho varias veces, la mayoría de la gente entra por curiosidad y cierta diversión, sin grandes pretensiones, pero al cabo de un tiempo se da cuenta de que el juego va arrojando resultados, y que Hacienda quiere su parte. El problema es que uno no suele tener esto en mente desde el día uno, y se encuentra con un panorama feo al cabo de los años …
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skapunky
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February 09, 2021, 09:15:48 PM |
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El problema no es tener en cuenta el dia 1, el problema es que hacienda empieza el juego transcurrido 10 años con sus reglas. No creo que la mayoria de gente cometa falta o delito por comprar unas criptomonedas.
Por regla de tres hacienda tambíen podria hacer declarar el dinero que tenemos en efectivo no solo el de las cuentas bancarias pero, quieren saber que llevo 20€ en el bolsillo?
Esto es ridículo y totalmente una medida confiscatoria impuesta y fuera de contexto. Comprar btc hace años y que ahora te puedan quitar hasta un 50% se llama atracar y no hablamos de millones, hablamos de cualquier cantidad.
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DdmrDdmr (OP)
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February 10, 2021, 07:42:57 AM |
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<…>
En el fondo son las ambas cosas: Cuando empieza todo, la normativa es inexistente, y poco a poco se van introduciendo parches sin cubrir ni mucho menos todos los supuestos. Con el paso del tiempo, la normativa se torna más restrictiva y recaudatoria, pero como no estaba definida, ni se contemplaba con demasiado ahínco, hay mucha gente con criptomonedas que se ve con lagunas por un lado, y una dificultad o imposibilidad de justificar el histórico por otro lado.
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skapunky
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February 10, 2021, 11:13:01 PM |
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Ahora hablando mas específicamente del problema que puede causar y dejando de lado los aspectos regulatorios. Que le puede pasar a una persona que compro criptos hace años pero no puede demostrar el orígen?
Yo entiendo que como maximo una penalizacion en referencia al 150% de lo que se debe pagar como impuesto, pero entiendo que no puede incurrir esto a un tipo de delito ocuna multa economica superior al dinero que se tenga en bitcoins.
Podria hacienda confiscar todas nuestros criptos y ademas añadir algún tipo de penalización?
Imagino que la mayoria de gente hicieron hodl con alguna cripto o hicieron algunos intercambios en exchanges. Entiendo que ese es el perfil del usuario común.
Alguien sabe o entiende cuales son los perjuicios? No hablamos de tener millones de euros, me refiero a unos miles que es lo que debe tener una gran mayoria.
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X_X_X
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February 10, 2021, 11:22:11 PM |
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Ahora hablando mas específicamente del problema que puede causar y dejando de lado los aspectos regulatorios. Que le puede pasar a una persona que compro criptos hace años pero no puede demostrar el orígen?
Yo entiendo que como maximo una penalizacion en referencia al 150% de lo que se debe pagar como impuesto, pero entiendo que no puede incurrir esto a un tipo de delito ocuna multa economica superior al dinero que se tenga en bitcoins.
Podria hacienda confiscar todas nuestros criptos y ademas añadir algún tipo de penalización?
Imagino que la mayoria de gente hicieron hodl con alguna cripto o hicieron algunos intercambios en exchanges. Entiendo que ese es el perfil del usuario común.
Alguien sabe o entiende cuales son los perjuicios? No hablamos de tener millones de euros, me refiero a unos miles que es lo que debe tener una gran mayoria.
No puedo responder a lo que preguntas, pero yo creo que de seguir así Hacienda va a tener que enfrentarse a toda una batería de demandas que les van a caer. Algo me ha parecido escuchar de que la UE ha dado un toque de atención al gobierno por los castigos desproporcionados y salvajes que quieren imponer, sobretodo porque como dices, mucha gente lo va a tener muy difícil para cuadrar al céntimo todo lo que han hecho durante años, que si forks, airdrops, permutas, envíos a exchanges aquí y allí... Da la impresión de que están haciendo las leyes gente que no tiene ni idea de lo que está tocando, y todos los actores implicados en este mercado, tanto inversores, como traders y exchanges deberíamos pensar en hacer algo en común porque hay un gobierno hambriento de pasta que viene a por nosotros con el cuchillo entre los dientes y un rifle en cada mano.
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bitserve
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February 25, 2021, 07:39:51 AM |
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¿Alguien ha presentado el modelo 720 ya sea porque tuvo más de 50K en exchanges extranjeros a 31 de Diciembre o porque interprete que hay que presentarlo aunque se tengan los Bitcoins en autocustodia?
Yo he tenido cuidado de no llegar a esa cifra entre todos los exchanges (se suma), pero aún así últimamente están saliendo muchas noticias contradictorias sobre si hay que declarar la mera tenencia sí o sí... aunque entiendo que el modelo es básicamente para tenencia en el extranjero. Mi asesor fiscal es de la vieja escuela y en hacienda cada vez que llamo me sueltan una chorrada diferente (con mucho convencimiento eso sí).
Otro tema, que me preocupa más es el del impuesto de patrimonio que a poco que uno tenga además algunas propiedades y ahorros si añades unos pocos bitcoins al precio actual ya es fácil superar (no digo que sea mi caso) la exención de los primeros 700K. Eso sí, los <censored> de hacienda por teléfono (ya sé que no es vinculante) me han dicho, en un caso, que "como no es un valor con cotización oficial no cuenta" y en otro que "se valoran a precio de coste/adquisición"... pero si me tengo que guiar por lo que dicen las consultas vinculantes sería a "precio de mercado" a 31 de diciembre.
Pa mear y no echar gota.
¿Alguien que se haya enfrentado ya a esta situación o que tenga las ideas más claras podría arrojar un poco de luz sobre este asunto?
Y sobre lo de tener que calcular las ganancias de capital mediante FIFO cuando sería más lógico, como en la mayoría de los países, el poder usar LIFO o PMP ya es la ostia... pero bueno...
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bitserve
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February 25, 2021, 07:54:41 AM |
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Ahora hablando mas específicamente del problema que puede causar y dejando de lado los aspectos regulatorios. Que le puede pasar a una persona que compro criptos hace años pero no puede demostrar el orígen?
Yo entiendo que como maximo una penalizacion en referencia al 150% de lo que se debe pagar como impuesto, pero entiendo que no puede incurrir esto a un tipo de delito ocuna multa economica superior al dinero que se tenga en bitcoins.
Podria hacienda confiscar todas nuestros criptos y ademas añadir algún tipo de penalización?
Imagino que la mayoria de gente hicieron hodl con alguna cripto o hicieron algunos intercambios en exchanges. Entiendo que ese es el perfil del usuario común.
Alguien sabe o entiende cuales son los perjuicios? No hablamos de tener millones de euros, me refiero a unos miles que es lo que debe tener una gran mayoria.
Lo peor de los peores... sería que hacienda lo considerase en primer lugar un incremento patrimonial no justificado (que tributa al 50%) y le añadiera una sanción grave del 150% más intereses y gaitas... Lo que básicamente implicaría perderlo todo y aún así deber dinero... y si ya encima, cuando llegue la hora de pagar, el Bitcoin ha bajado entonces la fiesta es completa. Pero vamos que seguro que algo siempre se tiene que pueda demostrar el origen y la tenencia continuada en el tiempo aunque puedan existir algunas lagunas también explicables (como la desaparición del exchange). Y la sanción grave requeriría cierta intencionalidad... en teoría. Si sólo son unos miles de euros no creo se tomen mucho interés en hacer una inspección, pero con hacienda nunca se sabe.
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DdmrDdmr (OP)
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April 28, 2021, 04:07:31 PM |
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Esto es un pasito más, que parece que llega con retraso respecto de otros paises europeos: El artículo abajo referenciado, versa "España compartirá data de usuarios de bitcoin y criptomonedas con el resto de Europa", por lo que interpreto que la relación inversa también existe, y que al fin y al cabo, compartirán datos a nivel europeo. Se destaca que: - Las empresas o personas que presten servicios relativos a las criptomonedas, deberán registrar su actividad (con el Banco de España, dentro de los próximos 9 meses), y someterse a una supervisión por parte de las autoridades españolas. - Éstas, deberán compartir datos de sus clientes, e informar sobre actividades sospechosas (al estilo de los bancos). - Se creará un registro único, con datos de los usuarios de estos servicios, compartido con la UE. Supongo que lo anterior es cierto, aunque mirando el BOE, veo claro el primero de los puntos, el segundo no tanto (por lo menos, no de manera explícita y clara, aunque como cita la ley de prevención del blanqueo de capitales, puede estar bajo este paraguas), y el tercero me parecía contextualizado en las empresas prestatarias (no los usuarios particulares). Igual estoy algo espeso, y el BOE no es que se explaye en nitidez, orden y concreción. Por cierto, curiosa definición en el BOE (página 49788 del BOE, o 40 del documento): Se entenderá por moneda virtual aquella representación digital de valor no emitida ni garantizada por un banco central o autoridad pública, no necesariamente asociada a una moneda legalmente establecida y que no posee estatuto jurídico de moneda o dinero, pero que es aceptada como medio de cambio y puede ser transferida, almacenada o negociada electrónicamente.
¿Ergo las criptomonedas de los Bancos Centrales no las tildan como monedas virtuales? Ver: https://www.criptonoticias.com/regulacion/espana-compartira-data-usuarios-bitcoin-criptomonedas-con-resto-de-europa/https://www.boe.es/boe/dias/2021/04/28/pdfs/BOE-A-2021-6872.pdf (tiene 176 páginas, así que a usar la búsqueda de palabras clave como "cripto" y "moneda").
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Porfirii
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July 10, 2021, 09:46:57 AM |
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Se acaba de publicar la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego. Enlace al BOE. En principio sin sorpresas respecto de lo que comentábamos, habrá que ver cómo se desarrolla.
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Porfirii
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July 12, 2021, 10:38:19 AM |
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Son exactamente los mismos puntos que comentábamos, pero muy bien resumidos. Como comenta el autor, a ver qué tipo de titulares capciosos y sandeces empezamos a leer en los medios de comunicación respecto de esta noticia... Y a ver cuántos "asesores" vemos repitiendo los mismos argumentos de siempre de "tu ledger se considera extranjero" o "por debajo de 50.000€ también hay que declarar", para meter miedo y sacar los cuartos, aunque no exista aún desarrollo reglamentario al respecto siquiera.
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martinx2
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July 21, 2021, 12:11:09 AM |
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Pues no se en qué acabará, pero yo iría declarando las cosas, porque tarde o temprano llegará. Una cosa es que muevas billetes en calcetines, y otra que realices transacciones que dejan registro informático y plusvalías.
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DdmrDdmr (OP)
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July 21, 2021, 11:37:58 AM |
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No es de España estrictamente,pero bajo el paraguas de la EU, nos "afecta": Un twat tweet de ayer de Mairead McGuinness, Comisionada para los asuntos financieros, estabilidad financiera y la unión de los mercados de capitales. https://twitter.com/McGuinnessEU/status/1417494016741023753(traducido): Las #critomonedas son una de las nuevas maneras de lavar dinero. Nuestras reglas aplicarán ahora a todo el sector de las cripto. Banearemos las wallets anónimas de cripto, y nos aseguraremos de que las transferencias de bienes cripto son traceables.
Vamos, a ver qué entienden por "wallet anónima" de cripto, y como pretenden banear trozos de papel, hardware wallets, poemas encriptados, etc …
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Porfirii
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October 30, 2021, 01:30:55 PM |
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poemas encriptados, etc …
!Ay, Didimer de amor!, ¿por qué con tu poema en el ledger me siento mejor?; debe ser porque estimula mis lujurias más oscuras, y hasta las altcoins me las pones d****. Bueno, a ver cómo se concreta la cosa, la verdad es que estoy un poco desconectado del tema pero no hay que dejarlo.
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DdmrDdmr (OP)
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October 31, 2021, 02:47:32 PM |
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<...>
No he visto nada nuevo recientemente al respecto. De vez en cuando, me doy un paseo por el siguiente hilo de Forobits: https://forobits.com/t/que-hacemos-con-hacienda-fiscalidad-e-impuestos-sobre-bitcoin/2150/9103Sobre el 720, hay bastante lio interpretativo en el hilo anterior, y un par de anotaciones aquí: https://www.iasesoria.com/nueva-obligacion-de-incluir-las-criptomonedas-en-el-modelo-720/https://www.sgrr.es/fiscal/criptomonedas-modelo-720/La gente especula con que lo clarificarán mejor antes de la campaña del año que viene, pero no es lo mismo hablar de saldo a 31 de diciembre que saldo medio en el último trimestre, que es una de las dudas en el ambiente al respecto. En el primer supuesto, uno puede mover sus fondos en el extranjero (esencialmente Exchanges) antes de la citada fecha, y volver a subirlos el año siguiente. En cambio, si hablamos del saldo medio de Q4, ya estamos de lleno en él, y debería estar claro para poder operar de manera acorde (quienes deban). <…> Por cierto, curiosa definición en el BOE (página 49788 del BOE, o 40 del documento): Se entenderá por moneda virtual aquella representación digital de valor no emitida ni garantizada por un banco central o autoridad pública, no necesariamente asociada a una moneda legalmente establecida y que no posee estatuto jurídico de moneda o dinero, pero que es aceptada como medio de cambio y puede ser transferida, almacenada o negociada electrónicamente.
<…> Debería ahora cambiar la definición, o decir que es la definición aplicable a España (en El Salvador no aplica)...
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Solfe
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November 03, 2021, 03:11:54 PM |
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Hola a toda la comunidad, Como buen neófito este año me toca averiguar mis deberes respecto al fisco y he decidido entrar en este foro que me recomendó una persona que tuvo la amabilidad de darme las primeras nociones sobre BTC.
Tras revisar por encima la ley y algunos artículos expongo cual creo que es la situación hoy a la espera de que aclaren mejor los reguladores y de cualquier rectificación que veáis:
- Transacciones (cryptos o cualquier activo): declarar ganancias o pérdidas patrimoniales en la Renta. - Tenencia de criptos: en España declararía el custodio, en Extranjero: cualquier tenencia en custodio/exchange debe acreditarse presentando el modelo 720 (que usualmente solo era requerido para determinados activos cuando estos sumaran >50k).
Dudas:
Como novato: las criptos son un activo que va a cubrir muchas carteras de inversión y también pueden verse como un seguro para estados que puedan dejar de ser benévolos... siempre he defendido la necesidad de declarar y conozco los modelos citados, pero sinceramente no tengo clara la situación especialmente ante la improvisación habitual y el afán recaudatorio del sector público.
Dudo sobre los criptoactivos que estén en estas situaciones, me ha parecido que quedan en vacío legal por el momento:
- Billeteras frías - Staking
No entro en airdrops y mucho menos en generaciones estilo "Pulse sacrifice"..
Gracias y saludos
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womanderful
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November 03, 2021, 04:35:56 PM |
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Dudo sobre los criptoactivos que estén en estas situaciones, me ha parecido que quedan en vacío legal por el momento:
- Billeteras frías
Esas se declaran en el impuesto del patrimonio.
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DdmrDdmr (OP)
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There are lies, damned lies and statistics. MTwain
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November 03, 2021, 04:56:31 PM |
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<…>
Realmente no es sencillo encontrar una fuente fidedigna que nos clarifique todas las dudas, y como tal, lo que la mayoría decimos va a ser basado en opiniones e interpretaciones, que no necesariamente en certezas y experiencia práctica, por buena voluntad que se le ponga. Dicho lo anterior: - Las TX de venta o permuta se declaran en Ganancias y Pérdidas patrimoniales (las de mero movimiento de una dirección a otra no). - como comentaba en un post más arriba, no he visto claro si el modelo 720 debe contemplar el saldo a 31/12 o durante el último trimestre del año. La mayor parte de los comentarios que he leído apunta a lo primero, lo cual es muy distinto a lo segundo. Incluso he visto alguno dudar si la cifra de corte para cripto es 50K €. Si alguien realmente está en esta situación, habría que iterar el contraste, a fin de intentar clarificarlo mejor. Por ejemplo, si es a 31/12, con sacarlo unos días antes y volver a colocarlo posteriormente bastaría para no tener que contemplar el 720. Esto no valdría si se contempla el trimestre entero. - Billeteras frías (Hardware wallet, Paper wallet): No es que estén en el limbo, sino que dependerá lo que se haya hecho con ellas. Si el hardware wallet se ha usado para realizar ventas o permutas, tendrá en parte deber declarativo según visto antes. No obstante, aquí creo que te refieres a si hemos declarar aquello que esencialmente no esté en un Exchange en términos de tenencia, sea en una billetera fría, o incluso caliente no custodial tipo Electrum. Esta era mi duda al abrir el OP de este hilo. Por ahora pinta que no, aunque está el valor patrimonial agregado como indica @womanderful. (ver https://www.blockchaineconomia.es/tributacion-del-patrimonio-en-criptoactivos/), si es que aplica. - Staking: En el segundo enlace que incluyo más abajo, cita que las ponderarían como "rendimiento del capital mobiliario", aunque es una interpretación por ausencia de nada mejor. ver (no contemplan los cambios más recientes que estén en el horno): https://masterblockchain.net/fiscalidad-y-criptomonedas-primera-parte-master-blockchain-online/https://masterblockchain.net/fiscalidad-y-criptomonedas-segunda-parte-master-blockchain-online/
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