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Local => Mercado y Economía => Topic started by: Liberto on May 20, 2013, 05:23:22 PM



Title: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 20, 2013, 05:23:22 PM
Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente


Viene siendo recurrente las preguntas que los tenedores españoles de Bitcoins se hacen de cara a qué fiscalidad se aplica en unos ingresos no contemplados en la legislación, y supuestos que, para no llevarnos sorpresas, tenemos que hacer una interpretación analógica de los mismos. La compraventa de Bitcoins puede ser asimilada a varias categorías profesionales de nuestro ordenamiento jurídico, como puede ser el de la compraventa de acciones o de divisa. Partiendo de esto tenemos que tener en cuenta que la Ley dice que es obligatorio declarar todos los ingresos y darse de alta como autónomo en la Seguridad Social y Hacienda.


Hay que desterrar la errónea creencia de que existe un límite legal de ingresos por la compraventa de Bitcoins (como podría ser con cualquier otro bien susceptible de valoración económica) que puede percibirse sin necesidad de declarar o darse de alta en la Seguridad Social o la Agencia Tributaria (AEAT). La normativa sobre el Régimen Especial de la Seguridad Social dice  que siempre que se realice una actividad empresarial o profesional por cuenta propia es obligatorio estar incluido en el régimen especial de trabajadores autónomos, con independencia del tiempo que se prolongue el empleo o de la remuneración. Es decir, que por pequeños que sean los ingresos, formalmente sería obligatorio estar dado de alta en la categoría profesional que por analogía se aproximara al que compra y vende Bitcoins.

Sin embargo, ya existe una consolidada jurisprudencia de los tribunales españoles que entiende que cuando se generen unos ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en el año natural (8.979,60 euros anuales), no es necesario proceder al alta como autónomo. Este pequeño instructivo nos dará algunas respuestas a las dudas habituales sobre la fiscalidad y los BTC.

 
1. Los términos estrictos de la Ley

Resulta obligatorio darse de alta y declarar aquella actividad que sea la única fuente de ingresos y se realice de manera habitual en el tiempo. Sin embargo, los que obtienen ingresos por la compraventa de BTC y que generan u obtienen unos beneficios escasos por lo que en definitiva sería un "trabajo extra", se pueden preguntar si es conveniente darse de alta o declarar.

Es incorrecto pensar que existe un límite por el cual todo ingreso por debajo de esa cantidad está exento de ser informado a Hacienda. Ahora bien, en numerosas ocasiones, lo elevado de los costes de cuotas y porcentajes sobre beneficios, en comparación con el ingreso, puede no resultar rentable formalizar el alta. Ahora bien, la ley no deja dudas: el capítulo II del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos indica que siempre que se realice una actividad por cuenta propia, es obligatorio estar incluido en el régimen especial de trabajadores autónomos, con independencia de la duración del trabajo y de la remuneración.

Pero, ¿qué se entiende por trabajador autónomo o por cuenta propia? Según la normativa del Régimen Especial de la Seguridad Social, se entiende como trabajador por cuenta propia o autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.

A partir de esto ya empezamos a tener una idea de cómo adaptar nuestra actividad a la fiscalidad más ventajosa.

¿Qué se entiende por habitualidad? Es un aspecto fundamental para saber si es necesario darse de alta o declarar un determinado ingreso. La discusión e interpretación de dicha normativa, por su falta de especificación, genera diversas controversias y ha dado pie a distantes sentencias judiciales. Si se trata de una actividad que no es habitual, como trabajos eventuales que complementan la actividad económica principal, la jurisprudencia se ha decantado por la no necesidad de darse de alta siendo el Salario Mínimo Interprofesional como barrera.

El principal aspecto que la jurisprudencia ha tenido en cuenta para valorar la obligatoriedad del alta, así como base o indicador de habitualidad, ha sido el nivel de ingresos en comparación con el SMI durante el año natural. Las sentencias se han mostrado favorables a la no obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Ahora bien, debemos ser cautos con este criterio, dado que esto no le impide a la Agencia Tributaria reclamar lo que en definitiva legalmente corresponde, aunque en los sucesivos recursos en los Tribunales Económico Administrativos o Juzgados Contencioso-Administrativos triunfe el criterio jurisprudencial. Lo normal sería que la AEAT, consciente de esto, se retracte de reclamar cantidades a quien ha obtenido ingresos por debajo del SMI, pero es bueno tener en cuenta esta realidad.


2. Bitcoins e IRPF


La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir declaración por este Impuesto, con los límites y condiciones que se establezcan.

Si bien, hay una serie de excepciones. No tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes solo de las siguientes fuentes:

[...]

-Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el tope conjunto de 1.600 euros al año.

Lo que nos viene a decir la Ley en este caso es que, estemos dados de alta o no como empresarios o trabajadores, los beneficios que obtengamos de la compraventa de Bitcoins superiores a los 1600 euros al año, debemos declararlos.


3. Algunas recomendaciones


Lo normal es que Hacienda ponga la lupa por transacciones que superen los 3000 euros por operación y los 6000 euros al año, como forma de prevenir el blanqueo de capitales. Luego con todos estos elementos podemos hacernos una idea de las alternativas que tenemos para operar sin ser molestados por el fisco. Un fisco, recordémoslo, cada vez más orientado a  privilegiar al sector financiero responsable del hundimiento económico de millones de personas.

Las recomendaciones para proteger nuestros ahorros y operar en el mercado con Bitcoins serían entonces las siguientes:

-Limitar al máximo las operaciones bancarizadas de canje de Bitcoins por divisa, dando privilegio a las operaciones en efectivo. En ese aspecto, podemos solicitar a las empresas que compren nuestros Bitcoins que nos paguen mediante cheque.

-Formalizar el pago de las grandes compras con Bitcoins o proponérselo al vendedor. En la actualidad, ya hay inmobiliarias y empresas de servicios que están en condiciones de aceptar esta moneda, bien por su atractiva y casi nula fiscalidad o bien por la necesidad de obtener ingresos. Gracias a este método, podemos ahorrar en torno a un 20% del precio final del bien adquirido, si aplicamos una adecuada arquitectura jurídica.

-Si usted tiene una empresa, acepte el pago con Bitcoins. Proponga el uso de Bitcoins a sus empleados y proveedores como forma de salvación de las fuentes de trabajo de las pequeñas y medianas empresas, donde el atractivo mayor es la fiscalidad. Se acabaría el pago del IVA y del IRPF y podría aumentar el salario de sus empleados y hacer nuevas contrataciones e inversiones.

-Si tiene una agrupación, colectivo social o plataforma reivindicativa, haga uso de ella como una forma de soberanía sobre los ingresos de los trabajadores y los pequeños y medianos empresarios. En la actualidad, el marco tributario no permite decidir hacia qué van orientados nuestros tributos. Tome la iniciativa, use el Bitcoin para sufragar los servicios sociales comunitarios que necesita su gente dado que de esta manera usted dejará de pagar impuestos para financiar guerras y corporaciones. Si en su ciudad hay un hospital público o escuela pública en lucha, ayúdela con los Bitcoins que va a dejar de pagar al Estado. ¿No es eso la mejor forma de soberanía monetaria?.


Cualquier ayuda jurídica para implementar el sistema, no dude en consultar.
El Toguero :: Abogado
lan.free1989@gmail.com


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 20, 2013, 05:39:43 PM
Este es el tutorial digamos básico, luego cada caso que se plantee es un mundo, pero un mundo solucionable.

Os pido eso sí, que deis un "Me gusta" en mi página de Facebook, si no es mucho pedir.

Un saludo


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: amgomez on May 20, 2013, 07:44:30 PM
Estas tardando en poner una dirección para donativos.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: dserrano5 on May 20, 2013, 08:35:13 PM
-Si usted tiene una empresa, acepte el pago con Bitcoins. Proponga el uso de Bitcoins a sus empleados y proveedores como forma de salvación de las fuentes de trabajo de las pequeñas y medianas empresas, donde el atractivo mayor es la fiscalidad. Se acabaría el pago del IVA y del IRPF y podría aumentar el salario de sus empleados y hacer nuevas contrataciones e inversiones.

Esto es interesante. ¿Significa que existe algún mecanismo legal (o alegal) según el cual mi jefe podría pagarme en btc y ahorrarse impuestos? ¿Y ahorrármelos yo también de paso? ¿Manteniendo el contrato de trabajo y esas cosas?

Y aprovecho: ¿pueden preguntarme por qué envío dinero periódicamente a Polonia? Vamos, supongo que el banco ya sabrá perfectamente a quién pertenece esa cuenta :) (la de mtgox) pero, ¿uno incurre en responsabilidades fiscales por hacer esas transferencias? Entiendo que no, pero ya que estás por aquí pues aprovecho… :)

Como bien dice amgomez, ponte una dire de donaciones por ahí y te mando un par de centimillos (de coin, no de euro ;)).


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 20, 2013, 09:46:19 PM
Gracias compañeros por lo de los donativos.
Dadme un rato y contesto a la consulta que ha puesto dserrano5.
Un saludo


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 21, 2013, 01:09:25 AM
Bueno, ahora sí. Sobre el tema del pago del salario en BTC. Es un tema que hay que tratarlo bien sobre todo para que la adopción de este medio de pago no suponga una merma en los derechos del trabajador. Para hacernos una idea, el pago en BTC tendría la misma consideración fiscal que lo que hacen algunas empresas, que pagan colaboraciones o contrataciones de tipo mercantil mediante cheques de El Corte Inglés.

La legislación laboral ha cambiado mucho, y a peor, en cuanto que la nueva Reforma Laboral prácticamente abre la vía al despido colectivo con muy pocos requisitos. Y por otro lado, ha aumentado muchísimo la fiscalidad de las pequeñas y medianas empresas (no así de las más grandes, que salen enormemente beneficiadas por esta reforma laboral y fiscal), que inevitablemente no van a poder competir con las grandes corporaciones.

La alternativa legal y fiscal que le pueden quedar a las pequeñas empresas para sortear esta extorsión es la conversión pactada del contrato de trabajo en contrato de agencia, acordando los términos más ventajosos para ambas partes. Para ello echemos un vistazo a lo que dice la Ley 12/92 sobre contrato de agencia:

-El sistema de remuneración se puede pactar (Art. 11) según la costumbre o uso. Es decir, se puede adoptar como uso o forma de intercambio aquella forma que  pacten las partes. Es decir, se puede pagar con Bitcoins si las partes no se oponen.
-En caso de rescisión contractual, se puede establecer un pacto de indemnización en términos similares a los de la legislación laboral más protectora(Arts. 28 y 29).
-El empresario se liberaría de las cargas sociales de retenciones y pagos a la Seguridad Social, pudiendo acogerse colectivamente (empresario y empleados) a la cobertura sanitaria de una Mutualidad de Previsión Social (de esa manera el trabajador tampoco tendría que pagar los elevados costes de darse de alta como autónomo en el RETA).
-Lo relativo a vacaciones, horario, etc, se pacta igual que un convenio colectivo de trabajo.

Beneficios para el trabajador:

-Regresaría a términos de protección laboral muy anteriores a las últimas reformas laborales, sin tener que perder poder adquisitivo.
-Sus ingresos estarían preservados de eventuales cepos o corralitos financieros y en su caso podrían después canjearlos por divisa común.
-Dichos ingresos estarían prevenidos también de eventuales embargos sobre cuentas corrientes o depósitos de efectivo.
-Aparte quedarían los pactos relativos a la protección frente accidentes laborales y enfermedades profesionales (Art. 10.1).

Beneficios para el empresario:

-El empresario no tendría que declarar nada sobre los beneficios obtenidos, dado que una parte de los ingresos de la empresa(los que el empresario decida) serían en BTC, por lo que no sería necesario tributarlos y además sería la forma de pago a los empleados.
-Ninguna de las partes estaría sometida al pago del IRPF.
-Reduciría hasta un 30% (dependiendo de cada actividad laboral) los costes relativos a las cargas sociales y aumentaría los ingresos por poder rebajar los precios al no tener que hacer frente al IVA.

Si hubiera conflicto, se dirimiría según la jurisdicción civil.


Ahora bien, esto hay que plantearlo en sus justos términos. Si bien llevo trabajando desde hace un tiempo cómo se puede aportar eficiencia a las pequeñas y medianas economías, este proceso de transición a un nuevo marco legal debe hacerse en términos de alta responsabilidad de las partes. Establecer bien las responsabilidades de cada uno, en particular del empresario, establecer pactos expresos para los conflictos que se dan habitualmente en la actividad laboral, etc.

He trabajado en la transición a este marco regulatorio, pero sin el sistema de pago mediante Bitcoins. Que es algo que estoy intentando implementar en esta empresa por el indudable beneficio fiscal puesto que estamos hablando de que un empleado que cobra 1000 euros al mes en 14 pagas, implica unos 4500 euros más en cargas sociales, es decir, 18500 euros por empleado. Reformando este sistema, el trabajador seguiría cobrando el mismo sueldo y el empresario solo pagaría 1000 euros más, es decir 15000 euros por empleado en un caso normal; en una empresa de diez empleados, se ahorraría 35000 euros al año sin tocar el poder adquisitivo. Sin contar con que no haría falta retener el IVA en los ingresos y por tanto se bajarían los precios y podrían elevarse las ventas.

El caso que trabajé fue exitoso, pero tiene que haber una buena predisposición y buena fe de las partes.


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Respecto a las transferencias a Polonia, en la práctica es lo mismo. Mientras las operaciones sean pequeñas y no sean llamativas, no tiene por qué haber problemas. Más complicado sería si recibieras ingresos de Polonia, y que estos fueran abultados.

Cualquier duda, a vuestra disposición.



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 21, 2013, 01:51:55 AM
Sobre la pregunta que me ha hecho dserrano5, si os parece, voy a publicar la respuesta en mi blog y en la fanpage de FB, dado que me parece un tema que no he tocado en público.

Un saludo


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: dserrano5 on May 21, 2013, 06:59:31 AM
Gracias! Voy a echarle un ojo a la ley 12/92 esa, como mínimo leerla antes de sentarme con el jefe, y a ver qué tal. Lo de las coins no creo que cuele (no tenemos ingresos en btc, y aunque hay previsión de tenerlos, serán pocos y además tampoco hay plazos todavía) pero se me hace la boca agua con eso de ahorrarme el IRPF :). Ya tienes los centimillos!


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: RubenLeFuck on May 21, 2013, 10:01:13 AM
Muy interesante el post Liberto, una duda off topic el de tu foto es fred durst no?  ;D


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 21, 2013, 10:55:24 AM
Gracias! Voy a echarle un ojo a la ley 12/92 esa, como mínimo leerla antes de sentarme con el jefe, y a ver qué tal. Lo de las coins no creo que cuele (no tenemos ingresos en btc, y aunque hay previsión de tenerlos, serán pocos y además tampoco hay plazos todavía) pero se me hace la boca agua con eso de ahorrarme el IRPF :). Ya tienes los centimillos!

Buenas dserrano5:

En el caso de este marco legal que propongo, los ingresos de la empresa tendrían que ser forzosamente en BTC. Es decir, para que el cliente no tenga que pagar el IVA, primero tendríais que hacerle comprar BTC por el valor del servicio que prestéis y después abonároslo. Él tendría el beneficio de no tener que pagar el IVA y vosotros tendríais un ingreso que estaríais exentos de tributar. Esa sería la parte más interesante. Gracias por la donación ;).


RubenLeFuck:

Efectivamente, es Fred Durst. Soy seguidor de Limp Bizkit :D


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: 0xz[.] on May 23, 2013, 03:41:12 PM
Interesantísimo este hilo que has abierto. Muchas gracias por el trabajito. Te seguiremos de cerca. ¿Se te puede requerír profesionalmente para que nos asesores? ¿Por dónde andas físicamente? Supongo que por Madrid. ¿Tienes bufete?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 23, 2013, 05:30:43 PM
Estimado: por supuesto que se me puede requerir. Tengo mi despacho profesional en Madrid, pero ahora estoy temporalmente en Buenos Aires por medio de una beca. No obstante sigo llevando mis asuntos desde aquí y con la ayuda de un colaborador.

Igualmente tenemos vías como skype, messenger y teléfono para cualquier requerimiento.
Un saludo!


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: JAM69 on May 23, 2013, 08:09:20 PM
Muy interensante el hilo, pero lo de facturar en bitcoins sin IVA no lo veo claro. Con la Ley del IVA en la mano (http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l37-1992.t1.html#a4), las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales en el desarrollo de su actividad empresarial o profesional están sujetas a IVA, independientemente de la moneda en la que se acabe cobrando el bien o servicio.

En fin, habrá que seguir estudiándolo.
Saludos.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 23, 2013, 11:15:50 PM
Ese es un error conceptual que distorsiona la naturaleza de los BTC. Los BTC no son una moneda de curso legal ni una divisa. En el tráfico jurídico otorga un derecho de adquisición de bienes como lo puede ser un cheque regalo, un vale descuento, los beneficios gratuitos de una tarjeta de fidelización.

Recientemente, la Agencia Tributaria publicó una respuesta vinculante a la consulta de un contribuyente a cómo tributaría los puntos canjeables de una tarjeta de fidelización (es decir, puntos que otorgan un derecho de adquisición sobre determinados bienes):

http://www.asesorutil.com/puntos-canjeables-fidelizacion-de-clientes-tributacion-iva/

Esta contestación tiene una interpretación interesante en su último punto, y es que el monto del IVA sería el valor por el que el comerciante estaría adquiriendo el producto. Ejemplo: si x bitcoins dan derecho a x barras de pan, hay que pagar el valor del IVA de la barra de pan.

Lo que sí deja claro la contestación, insisto, de efectos vinculantes, es que el sujeto obligado al pago del IVA es el último de la cadena de distribución que hizo el pago del IVA mediante sistemas de pago fiduciario, es decir, que el pagador con esta forma de fidelización, no deberá soportar el pago del mismo.

Asimismo, es también positivo recordar la reciente sentencia del Tribunal Supremo que ya es doctrina, confirmatoria de la sentencia de la Audiencia Nacional contra El Corte Inglés, por la que la empresa tendrá que dar la información de aquellos contribuyentes que hayan hecho pagos con la tarjeta de fidelización de ECI por valor de más de 30.000 euros, en los ejercicios fiscales de 2007 y 2008.

http://www.eleconomista.es/legislacion/noticias/4202041/08/12/Hacienda-sabra-lo-que-compro-cada-cliente-de-El-Corte-Ingles-.html

Esto no quiere decir que dichos gastos sean susceptibles de ser gravados (de hecho la ONIF no podría cobrar nada de esos ejercicios, pues las deudas con el fisco prescriben a los 4 años), pero sí informados.



No caigamos en el error inducido de que el BTC es asimilable a una moneda, porque caeremos en la trampa de los financistas.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: diaviidi on May 24, 2013, 09:47:06 AM
Lo primero gracias por el post!

Ese es un error conceptual que distorsiona la naturaleza de los BTC. Los BTC no son una moneda de curso legal ni una divisa. En el tráfico jurídico otorga un derecho de adquisición de bienes como lo puede ser un cheque regalo, un vale descuento, los beneficios gratuitos de una tarjeta de fidelización.

¿Puedes darnos alguna referencia de esta premisa en la que se basa todo el marco económico-laboral que describes?. Es cierto que ningún Estado ni organismo ha aceptado AÚN BTC o cualquier otra criptomoneda como una divisa de curso legal, pero en mi opinión eso no hace que se convierta en una tarjeta de fidelización.





Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 24, 2013, 10:17:08 AM
Hola:

No sé qué tipo de referencia me estás solicitando.
Respecto a lo otro, no es que el BTC sea una tarjeta de fidelización, sino que hago una interpretración analógica basada en cómo el sistema tributario atiende a formas de pago que no son moneda y que no son emitidas por ninguna autoridad monetaria.

No existe jurisprudencia en España sobre los Bitcoins, por lo que, atendiendiendo a su definición, hay que aplicar forzosamente la analogía. Si acudimos a cualquier tribunal diciendo que el BTC es una moneda o una divisa (cosa que insisto, no es cierta y es la trampa que los organismos financieros quieren tendernos para echarnos a toda la burocracia encima), estaremos cavando nuestra propia tumba.

Un saludo


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: JAM69 on May 24, 2013, 11:30:31 AM
Pues me temo que en el asunto del IVA, Liberto, la opinión mayoritaria no es la que comentas. Es lo que pasa con el Derecho, que no es una matemática cartesiana y puede llegar a haber tantas opiniones como abogados :-)

Si echáis un vistazo a este hilo https://bitcointalk.org/index.php?topic=66774.0 explican el asunto del IVA cobrando en bitcoins. El IVA se devenga, como dice la normativa, con la entrega de bienes o prestación de servicios, independientemente del método de pago. Pego la parte del post en que se ocupan de este asunto.

since Bitcoin is not considered a currency a purchase with bitcoins will be considered barter. In barter, one should look each transaction separately so that if e.g. a customer (private individual) buys a table from a company and pays with bitcoins these 2 transactions should be considered:

 1. The customer bought a table from the company
 2. The company bought some bitcoins from the customer

I the first transaction VAT is added by the company and recorded as output VAT. In the second transaction there is no VAT since the purchase is from a private individual. Later when the company wants to get rid of the bitcoins this will be considered a sale of bitcoins (regardless of whether they are exchanged for some currency or if something is bought using them) and then VAT should be added to the sale and recorded as output VAT.

Igualmente en https://en.bitcoin.it/wiki/Tax_compliance son de la misma opinión.

La única manera legal de vender sin IVA sería hacerlo a un residente de fuera de la Unión Europea

Saludos,


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 24, 2013, 11:53:54 AM
JAM69, te lo pongo más sencillo con tres ejemplos:

-Si acudes a una de las ofertas que el bar de tu barrio hace los jueves que, normalmente pagas dos euros por la caña y la tapa, pero ese día, presentado un empadronamiento como que vives en el barrio, te descuentan 1 euro. ¿Cómo tributa el euro que no has pagado?.

-Si una asociación de comerciantes emite un vale descuento a aplicar entre todos los asociados por el que se reduce al 50% la caña y la tapa, obviamente el fisco está dejando de recaudar el 50% del valor que no se ha añadido. ¿El consumidor tendrá que pagar el IVA por aquello que se le ha descontado o que no ha pagado?, ¿el comerciante tendrá que retener un IVA que nunca percibió?.

-Si un ayuntamiento, para revitalizar la economía de su pueblo (cosa que está ocurriendo) emite una cuasimoneda para que los residentes tengan acceso en privilegio a productos del lugar, el que percibe esa cuasimoneda, ¿cómo la tributa?.

Por analogía, y por una evidente cuestión de seguridad jurídica, estos tres ejemplos aplicables al caso de intercambios con BTC, no existe regulación expresa, y las dos únicas sentencias del TS para pagos con sistemas no monetarios (el caso contra El Corte Inglés y Banco Atlántico) solo implica la necesidad de informar a la AEAT aquellas transacciones por valor equivalente o superior a 30.000 euros al año.

Creo que, quien entiende que el BTC debe tributar, está alterando la naturaleza del mismo, pero peor aún es que se haga sin que haya normativa expresa aplicable (cosa que en otros países, como Canada y próximamente en Rusia, donde hay prevista una legislación al respecto) y que seamos nosotros los que entreguemos en bandeja el argumento favorable a las corporaciones y financistas.



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 24, 2013, 12:09:14 PM
Igual creo que se viene en un par de días un tutorial sobre jurisprudencia aplicable, porque veo que ha suscitado dudas razonables.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: popete on May 24, 2013, 01:46:49 PM
Una preguntilla.

¿hay que informar al banco de España con el DD1 si tienes una cuenta en el extranjero? ¿siempre? ¿si es menos de 50.000€ también?



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 24, 2013, 03:36:11 PM
No te lo recomiendo en un caso de menos de 50.000 euros. Porque en ese caso entras voluntariamente en el sistema de información tributaria que España tenga con el país que haya suscrito el convenio, y por tanto es como si tuvieras la cuenta en España.

Un saludo



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: 0xz[.] on May 24, 2013, 04:38:53 PM
¡¡¡ ATENCIÖN !!! Interesantísimo artículo (de Liberto "nuestro hombre") sobre la fiscalidad de Bitcoin:

http://elblogdeltoguero.blogspot.com.es/2013/05/pago-del-iva-el-bitcoin-como.html?spref=fb


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: enric on May 25, 2013, 02:13:54 PM
Hola!

Al hilo del tema del pago del IVA, hay decenas de monedas sociales que se estan utilizando para pagos desde hace años sin cargar el IVA, en el estado español y no ha habido ningun problema con la agencia tributaria.  Pese a ello, algunos grupos más legalistas la han cargado como opinais algunos miembros de este debate "como autoimpuesto" aunque no hayan tenido ninguna presión para ello, a veces solo, por el "que diran" , pero la mayoria que no lo hemos usado, seguimos sin haber tenido ningún problema.
Podeis miraros este hilo que publiqué en Freicoin, para conocer sobre las monedas sociales que funcionan en la actualidad
http://www.freicoin.org/monedas-sociales-en-el-estado-espanol-t414.html (http://www.freicoin.org/monedas-sociales-en-el-estado-espanol-t414.html)

En nuestro caso, lo hacemos a través de  http://www.ces.org.za (http://www.ces.org.za)  y siguiendo el argumento que comentaba Liberto, que segun la ley quien debería pagarlo es el creador de la moneda, se deberían de ir a Sudáfrica, que es donde están registrados los servidores.

Por otra parte el tema de la desobediencia fiscal, tiene otras vertientes, algunas más arriesgadas que el simple no pago de impuestos por bitcoins o monedas sociales.  La Cooperativa Integral Catalana, es un ejemplo de aplicar esas propuestas desobedientes.

Quien esté interesado en esas formas de desobediencia, las puede encontrar en http://www.derechoderebelion.net/?lang=es (http://www.derechoderebelion.net/?lang=es)

saludos


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on May 30, 2013, 02:34:18 PM
http://elblogdeltoguero.blogspot.com/2013/05/ya-salio-la-guia-bitcoin-2013.html


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: titomane on June 08, 2013, 09:51:45 AM
Si paso mis BTCs de mi monedero a una cuenta PayPal, habiendo pasado antes por una de cambio de divisas como mtgox, bitcoin.de o metabank. No tengo que tributar nada en España.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on June 08, 2013, 02:14:12 PM
¿Es una afirmación o una pregunta?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: torrente31 on June 19, 2013, 10:25:18 PM
Pedazo de información valiosísima, muchas gracias Liberto  :)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on July 26, 2013, 11:28:29 AM
También hay otro detalle. Técnicamente no es posible ir a otro país con más de 3.000,00€ sin declararlo en aduanas, pero hay un truco legal, comprar bitcoins, por ejemplo, 2.500,00 €/día para no hacer saltar las alarmas de Hacienda, durante 30 días, eso hace un total de 75.000,00€ invertidos en bitcoins. Luego te vas a ese otro país y los vendes en la moneda en curso de ese país, por ejemplo, el US Dolar en Belice (conocido por Barcenas & Co.). Eso hace un total de 99.585,00 dolares, los cuales guardas en una cuenta de algún banco del citado paraíso fiscal.

Resultado: Has sacado 75.000€ de España y guardado en un paraíso fiscal y Hacienda no puede averiguar donde están esos ahorrillos tuyos porque las transferencias de bitcoins son anonimas y en el P.F. no te dan información sin tener nombre del titular de la cuenta, DNI, y número de cuenta, jejejeje.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: 0xz[.] on August 14, 2013, 02:12:30 PM
Quiero venderle a un paisano de mi pueblo una huerta con pozo,  higuera, frutales... por unos miles de euros. Si logro convencerle de que me pague en Btc ¿Qué ventajas fiscales o de cualquier otro tipo tendría?
Me apetece llevar a la práctica cualquier cosa que fastidie a Hacienda.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on August 14, 2013, 04:27:08 PM
En este caso, el problema viene es que en el momento en que vayais a hacer el cambio en la titularidad del terreno en el Registro de la Propiedad, vais a tener que tener pagado el ITP.

Lo que podéis hacer es un traspaso con el tipo de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales más bajo, y hacer la compra venta en Bitcoins al valor que libremente pactéis. O alternar los dos sistemas de pago, dinero fiduciario y BTC.

El nuevo propietario se ahorrará un buen pellizco en el impuesto y en el IRPF a declarar, porque en su declaración constará un incremento patrimonial mucho menor.

Dependiendo del valor del inmueble por supuesto, pero podéis tener un ahorro fiscal considerable.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Gofio on September 04, 2013, 10:02:44 AM
JAM69, te lo pongo más sencillo con tres ejemplos:

-Si acudes a una de las ofertas que el bar de tu barrio hace los jueves que, normalmente pagas dos euros por la caña y la tapa, pero ese día, presentado un empadronamiento como que vives en el barrio, te descuentan 1 euro. ¿Cómo tributa el euro que no has pagado?.

-Si una asociación de comerciantes emite un vale descuento a aplicar entre todos los asociados por el que se reduce al 50% la caña y la tapa, obviamente el fisco está dejando de recaudar el 50% del valor que no se ha añadido. ¿El consumidor tendrá que pagar el IVA por aquello que se le ha descontado o que no ha pagado?, ¿el comerciante tendrá que retener un IVA que nunca percibió?.

-Si un ayuntamiento, para revitalizar la economía de su pueblo (cosa que está ocurriendo) emite una cuasimoneda para que los residentes tengan acceso en privilegio a productos del lugar, el que percibe esa cuasimoneda, ¿cómo la tributa?.

Por analogía, y por una evidente cuestión de seguridad jurídica, estos tres ejemplos aplicables al caso de intercambios con BTC, no existe regulación expresa, y las dos únicas sentencias del TS para pagos con sistemas no monetarios (el caso contra El Corte Inglés y Banco Atlántico) solo implica la necesidad de informar a la AEAT aquellas transacciones por valor equivalente o superior a 30.000 euros al año.

Creo que, quien entiende que el BTC debe tributar, está alterando la naturaleza del mismo, pero peor aún es que se haga sin que haya normativa expresa aplicable (cosa que en otros países, como Canada y próximamente en Rusia, donde hay prevista una legislación al respecto) y que seamos nosotros los que entreguemos en bandeja el argumento favorable a las corporaciones y financistas.



Hola Liberto, me podría facilitar la referencia de las sentencias que citas, que no las encuentro, si no te importa, que me interesa el tema.

Muchas gracias de antemano.

Un saludo.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on September 04, 2013, 05:38:09 PM
Hola Gofio.

¿Te refieres a la de El Corte Inglés y Banco Atlántico?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Gofio on September 05, 2013, 09:10:40 AM
Hola Gofio.

¿Te refieres a la de El Corte Inglés y Banco Atlántico?

Hola Liberto, si, si no te importa :), que Westlaw se me está cayendo últimamente, y lo quería mirar por la base de datos del supremo directamente.

Gracias.

Un saludo.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on September 05, 2013, 02:20:49 PM
Esta es la de El Corte Inglés.
En un rato te busco la del Banco Atlántico, que esa solo la ví por medios de prensa.

http://contencioso.es/files/2012/09/SANCorteingles1.pdf


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Gofio on September 06, 2013, 09:38:30 AM
Esta es la de El Corte Inglés.
En un rato te busco la del Banco Atlántico, que esa solo la ví por medios de prensa.

http://contencioso.es/files/2012/09/SANCorteingles1.pdf

Muchas gracias compañero.  :)

La verdad que el tema es muy interesante , y me gustaría estudiarlo en profundidad.

Un saludo.



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: jotaceo on September 10, 2013, 07:52:45 AM
Yo tengo una duda sobre IVAS también.

Un grupo de amigos estamos cocinando un juego de mánager online. Como ocurre con este tipo de juegos, tendrá su opción de pago (que hay que mantener los servidores y dar de comer a los creadores, jejeje). No daré nombres en este momento, que aún está en pañales.

La opción de pago sería comprar una moneda virtual que los usuarios podrían gastar en características del juego. Estas compras estarían sujetas a IVA si se compran con euros, claro está. Pero ¿ocurriría lo mismo si estas compras se hacen con BTC? Podría ser un añadido interesante para el juego (aún tendría que comentárselo a mis compañeros, que me he lanzado a preguntarlo para ir teniendo la información). Queremos ser escrupulosamente legales, pero si la ley tiene "agujeros" estaremos encantados de aprovecharlos, claro está. Y no sé si este caso será equivalente al de los "cafés sorianos".

También me gustaría saber qué ocurriría si la empresa decidiera convertir BTC cobrados por esta vía a €, que al final, queramos o no, necesitaremos de € para muchos de los gastos de la empresa.

Por situaros, este tipo de juegos tiene una media de unos 500.000 usuarios. Los hay incluso con millones. Nuestro objetivo es alcanzar la media cómodamente. Dependerá del número de países en el que saquemos el juego, claro está. Pero una vez terminada la programación, la campaña publicitaria que tenemos prevista es grande así que esperamos que sea factible. Con esas cifras podríamos mantener todos los gastos que el juego entrañaría y asegurarnos un sueldo digno.

Creo que dar la opción de comprar la moneda del juego con BTC podría ser muy positivo para extender el uso del BTC. Estamos hablando de cientos de miles de personas que verían el iconito del BTC entre las opciones de pago y algunos seguro que acabarían interesándose por esa extraña moneda. Pero tendré que presentarles un argumento sólido a mis compañeros y la "exención" de IVA puede ser muy atractiva. Que al final todos sabemos lo que vale 1€, pero muy pocos conocen el valor de 1 BTC.

Aprovecho también para pedir ayuda a la comunidad bitcoinera. El proyecto es muy ambicioso, estamos hablando de unos 2.000€ mensuales solo de publicidad para asegurarnos una entrada en el mercado de los juegos online, que es muy competitivo. Los primeros meses serán duros, pero esperemos que el proyecto triunfe.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: JAM69 on September 11, 2013, 10:49:43 AM
Yo tengo una duda sobre IVAS también.

Un grupo de amigos estamos cocinando un juego de mánager online. Como ocurre con este tipo de juegos, tendrá su opción de pago (que hay que mantener los servidores y dar de comer a los creadores, jejeje). No daré nombres en este momento, que aún está en pañales.

La opción de pago sería comprar una moneda virtual que los usuarios podrían gastar en características del juego. Estas compras estarían sujetas a IVA si se compran con euros, claro está. Pero ¿ocurriría lo mismo si estas compras se hacen con BTC? Podría ser un añadido interesante para el juego (aún tendría que comentárselo a mis compañeros, que me he lanzado a preguntarlo para ir teniendo la información). Queremos ser escrupulosamente legales, pero si la ley tiene "agujeros" estaremos encantados de aprovecharlos, claro está. Y no sé si este caso será equivalente al de los "cafés sorianos".

También me gustaría saber qué ocurriría si la empresa decidiera convertir BTC cobrados por esta vía a €, que al final, queramos o no, necesitaremos de € para muchos de los gastos de la empresa.

Por situaros, este tipo de juegos tiene una media de unos 500.000 usuarios. Los hay incluso con millones. Nuestro objetivo es alcanzar la media cómodamente. Dependerá del número de países en el que saquemos el juego, claro está. Pero una vez terminada la programación, la campaña publicitaria que tenemos prevista es grande así que esperamos que sea factible. Con esas cifras podríamos mantener todos los gastos que el juego entrañaría y asegurarnos un sueldo digno.

Creo que dar la opción de comprar la moneda del juego con BTC podría ser muy positivo para extender el uso del BTC. Estamos hablando de cientos de miles de personas que verían el iconito del BTC entre las opciones de pago y algunos seguro que acabarían interesándose por esa extraña moneda. Pero tendré que presentarles un argumento sólido a mis compañeros y la "exención" de IVA puede ser muy atractiva. Que al final todos sabemos lo que vale 1€, pero muy pocos conocen el valor de 1 BTC.

Aprovecho también para pedir ayuda a la comunidad bitcoinera. El proyecto es muy ambicioso, estamos hablando de unos 2.000€ mensuales solo de publicidad para asegurarnos una entrada en el mercado de los juegos online, que es muy competitivo. Los primeros meses serán duros, pero esperemos que el proyecto triunfe.


Sobre este tema hay distintas opiniones como se pone de manifiesto en otros post de este hilo. Está la posición de El Toguero favorable a que esas ventas no devengan IVA, pero otras personas son de la opinión de que el hecho de cobrar en bitcoins no exime de tributación por IVA, con una interpretación estricta de la normativa del IVA (https://bitcointalk.org/index.php?topic=66774.0 https://en.bitcoin.it/wiki/Tax_compliance).

Desde una perspectiva contable, la operación sería así. Tu vendes las monedas virtuales del juego y haces la factura correspondiente en euros con su IVA. Lo que pasa es que luego con esos euros compras bitcoins que los valoras por lo que hay en la factura. Y cuando cambies los bitcoins por Euros, te darás pérdidas o ganacias según el bitcoin haya subido o bajado de cotización. En definitiva es como si cobraras en dólares o cualquier otra cosa que no sean Euros. Por ejemplo:

121 Clientes vs ventas 100 e IVA 21

121 Bitcoins vs  clientes 121

Si luego vendo los bitcoins con beneficio...

150 Euros vs bitcoins 121 y 29 beneficio

Saludos


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Jimmorz on September 17, 2013, 03:56:22 PM
Antes que nada felicitarte por el post, muchas gracias por toda la información.

Tengo una duda... Si yo por ejemplo me dedico a comprar y vender Bitcoins a pequeña escala, digamos que en mi cuenta aparecería algo así...

-100€ Ingresados en Mtgox
+103€ Ingresados de Mtgox
-100€ Ingresados en Mtgox
+104€ Ingresador de Mtgox

Y así pues X veces, esto imagino que cuando se repita varias veces va a cantar bastante no? O se sigue aplicando la misma pauta que hasta que los beneficios no superen los 3000€ no deberían de saltarles las alarmas? Algún consejo para evitar futuros sustos para la declaración de la Renta? XD!

Muchas gracias!!


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: bitconiero on September 24, 2013, 12:08:47 PM
Me uno a la pregunta de Jimmorz,

Si compro vendo en Mtgox haciendo un beneficio de 10€/día (un poco exagerado) x 30 = 300€/mes x 12 = 3600€/año beneficios.

Yo eso lo quiero declarar como buen ciudadano, se lo intento explicar al contable de turno o abogado tributario y lo declaro como ganancia patrimonial.... fin de la historia... Alguien de acuerdo ?

PS: Recuerdo que en la plataforma de trading plus500, se puede operar con el par Bitcion/dollar así que se debería declarar como lo mismo, ganancia patrimonial por compra venta de divisas ?? (ahí si que no tengo ni  idea, cuál es el término contable ?? )

S2


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: JAM69 on September 26, 2013, 10:50:06 AM
Me uno a la pregunta de Jimmorz,

Si compro vendo en Mtgox haciendo un beneficio de 10€/día (un poco exagerado) x 30 = 300€/mes x 12 = 3600€/año beneficios.

Yo eso lo quiero declarar como buen ciudadano, se lo intento explicar al contable de turno o abogado tributario y lo declaro como ganancia patrimonial.... fin de la historia... Alguien de acuerdo ?

PS: Recuerdo que en la plataforma de trading plus500, se puede operar con el par Bitcion/dollar así que se debería declarar como lo mismo, ganancia patrimonial por compra venta de divisas ?? (ahí si que no tengo ni  idea, cuál es el término contable ?? )

S2

La cosa es que si has ganado dinero, Hacienda se tiene que llevar su parte, por tanto si se quiere ser del todo legal lo suyo sería buscar alguna fórmula tipo ganancia patrimonial para declarar esos beneficios. Luego en función del tiempo de generación de la ganancia el régimen tributario, en cuanto al porcentaje a pagar, puede variar.
Saludos,


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: bitconiero on September 26, 2013, 12:21:24 PM
Me uno a la pregunta de Jimmorz,

Si compro vendo en Mtgox haciendo un beneficio de 10€/día (un poco exagerado) x 30 = 300€/mes x 12 = 3600€/año beneficios.

Yo eso lo quiero declarar como buen ciudadano, se lo intento explicar al contable de turno o abogado tributario y lo declaro como ganancia patrimonial.... fin de la historia... Alguien de acuerdo ?

PS: Recuerdo que en la plataforma de trading plus500, se puede operar con el par Bitcion/dollar así que se debería declarar como lo mismo, ganancia patrimonial por compra venta de divisas ?? (ahí si que no tengo ni  idea, cuál es el término contable ?? )

S2

La cosa es que si has ganado dinero, Hacienda se tiene que llevar su parte, por tanto si se quiere ser del todo legal lo suyo sería buscar alguna fórmula tipo ganancia patrimonial para declarar esos beneficios. Luego en función del tiempo de generación de la ganancia el régimen tributario, en cuanto al porcentaje a pagar, puede variar.
Saludos,

Ya lo que me refería con ganancia patrimonial es la misma referida a las plusvalías por acciones o productos financieros de bolsa... que cotizan:


Base liquidable del ahorro   Tipo aplicable %
Hasta 6.000 €                     21%
Entre 6.000€ y 24.000€             25 %
A partir de 24.000€             27 %

Por lo tanto si hago hasta 3.500€/año con Bitcoin no pago nada ?? si hago 7000€ el 21% ?

S2


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: JAM69 on September 30, 2013, 07:50:36 PM
Me uno a la pregunta de Jimmorz,

Si compro vendo en Mtgox haciendo un beneficio de 10€/día (un poco exagerado) x 30 = 300€/mes x 12 = 3600€/año beneficios.

Yo eso lo quiero declarar como buen ciudadano, se lo intento explicar al contable de turno o abogado tributario y lo declaro como ganancia patrimonial.... fin de la historia... Alguien de acuerdo ?

PS: Recuerdo que en la plataforma de trading plus500, se puede operar con el par Bitcion/dollar así que se debería declarar como lo mismo, ganancia patrimonial por compra venta de divisas ?? (ahí si que no tengo ni  idea, cuál es el término contable ?? )

S2

La cosa es que si has ganado dinero, Hacienda se tiene que llevar su parte, por tanto si se quiere ser del todo legal lo suyo sería buscar alguna fórmula tipo ganancia patrimonial para declarar esos beneficios. Luego en función del tiempo de generación de la ganancia el régimen tributario, en cuanto al porcentaje a pagar, puede variar.
Saludos,

Ya lo que me refería con ganancia patrimonial es la misma referida a las plusvalías por acciones o productos financieros de bolsa... que cotizan:


Base liquidable del ahorro   Tipo aplicable %
Hasta 6.000 €                     21%
Entre 6.000€ y 24.000€             25 %
A partir de 24.000€             27 %

Por lo tanto si hago hasta 3.500€/año con Bitcoin no pago nada ?? si hago 7000€ el 21% ?

S2

Creo que aplicas mal la tabla. Hasta 6.000 Euros el tipo es del 21% sin límite inferior, por lo que por los 3.500 Euros deberías tributar el 21%.

Saludos,


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: bitconiero on September 30, 2013, 09:29:02 PM
Tienes razón Jam69 !


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on October 01, 2013, 04:45:07 PM
Yo tengo una duda sobre IVAS también.

Un grupo de amigos estamos cocinando un juego de mánager online. Como ocurre con este tipo de juegos, tendrá su opción de pago (que hay que mantener los servidores y dar de comer a los creadores, jejeje). No daré nombres en este momento, que aún está en pañales.

La opción de pago sería comprar una moneda virtual que los usuarios podrían gastar en características del juego. Estas compras estarían sujetas a IVA si se compran con euros, claro está. Pero ¿ocurriría lo mismo si estas compras se hacen con BTC? Podría ser un añadido interesante para el juego (aún tendría que comentárselo a mis compañeros, que me he lanzado a preguntarlo para ir teniendo la información). Queremos ser escrupulosamente legales, pero si la ley tiene "agujeros" estaremos encantados de aprovecharlos, claro está. Y no sé si este caso será equivalente al de los "cafés sorianos".

También me gustaría saber qué ocurriría si la empresa decidiera convertir BTC cobrados por esta vía a €, que al final, queramos o no, necesitaremos de € para muchos de los gastos de la empresa.

Por situaros, este tipo de juegos tiene una media de unos 500.000 usuarios. Los hay incluso con millones. Nuestro objetivo es alcanzar la media cómodamente. Dependerá del número de países en el que saquemos el juego, claro está. Pero una vez terminada la programación, la campaña publicitaria que tenemos prevista es grande así que esperamos que sea factible. Con esas cifras podríamos mantener todos los gastos que el juego entrañaría y asegurarnos un sueldo digno.

Creo que dar la opción de comprar la moneda del juego con BTC podría ser muy positivo para extender el uso del BTC. Estamos hablando de cientos de miles de personas que verían el iconito del BTC entre las opciones de pago y algunos seguro que acabarían interesándose por esa extraña moneda. Pero tendré que presentarles un argumento sólido a mis compañeros y la "exención" de IVA puede ser muy atractiva. Que al final todos sabemos lo que vale 1€, pero muy pocos conocen el valor de 1 BTC.

Aprovecho también para pedir ayuda a la comunidad bitcoinera. El proyecto es muy ambicioso, estamos hablando de unos 2.000€ mensuales solo de publicidad para asegurarnos una entrada en el mercado de los juegos online, que es muy competitivo. Los primeros meses serán duros, pero esperemos que el proyecto triunfe.



Hola jotaceo:

Disculpa la demora en contestar a tu post.

Por un lado, la compraventa de BTC con dinero en efectivo es algo que indudablemente va a tener que tener registro contable para la empresa o empresario que venda los BTC, y por tanto debe estar sujeto a IVA.

Entiendo que los intercambios en Bitcoins no deben estar sujetos a IVA, entre otras cosas porque el tipo de mercancía y de transacción impiden individualizar al obligado tributario, hecho imprescindible para la atribución de obligación para la Hacieda pública.

Si utilizas el Bitcoin como divisa, estarás infringiendo la Ley contra el blanqueo de capitales, por lo que es algo que no te recomiendo.

Respecto a lo que comentan bitcoinero y Jimmorz, es sencillo, respecto a la cuenta de pérdidas y ganancias por la compraventa de BTC tendrás que declarar el beneficio obtenido al cabo del ejercicio. Si tienes muchas operaciones de compra y de venta, en cualquier caso lo que tendrás que blanquear es el concepto por el cual obtienes esos ingresos y esos gastos.

Un saludo y disculpad la demora (llevo unos días bastante atareao).


Title: BITCOINS Y LOS IMPUESTOS.
Post by: juengasa on October 01, 2013, 08:45:15 PM
Buenas noches,

fiscalmente hablando estoy más verde que una lechuga, pero me gustaría comentaros la operativa que quisiera usar.

Partiendo de la base, que quiero pagar mis impuestos, cumplir con hacienda y no tener problemas con el fisco.

OPERATIVA:

1- Realizar transferencia y enviar varios miles de euros (con el tiempo 6 ceros, va) a mtgox desde mi cta. intercambiar (comprar y vender) bitcoins por euros y sacar beneficio, para posteriormente retirar fondos de mtgox a mi cuenta.

2.- En mi cuenta meto ese dinero en una cuenta de alta remuneración que me paga día a día mientras tanto (por decir algo).

3.- A la semana siguiente repito el paso 1, y así sucesivamente.

Digamos que a final de año he realizado transferencias de envio por 10 millones y recibido transferencias por 11 millones y en mi cta. del banco a final del año hay 1 millón.

Beneficio es 1 millón (para mi).

En teoría ¿declararía ese millón sumándolo a mi base y ya está? o bien hacienda me dirá, ha ingresado 11 millones págueme el 27%. Con lo cual me arruina.

Y entonces yo le digo tengo 10 millones de gastos. Y entonces me dice, páseme las facturas. (mtgox es japonés y con millones de clientes, ni de coña me manda una factura).

Tengo un "amigo" jajaja que quiere hacer eso (en serio) y claro le digo que legalmente no puede ser, que se busque una cta en paraíso fiscal, pero el jodido no quiere delinquir, manda cojones.

¿Donde me estoy equivocando en todo éste planteamiento? Gracias por vuestras respuestas y un saludo.






Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: bitconiero on October 01, 2013, 09:41:15 PM
Hola juengasa,

Yo tampoco soy contable precisamente pero lo que está claro es que los impuestos se pagan sobre los beneficios, o sea sobre el millón que has hecho.

Si hacienda te pide las facturas lo único que puedes sacar de MTgox es el historial de movimientos, dónde todo viene bastante bien detallado por cierto. Aunque los japoneses de MTgox tuvieran todo el tiempo del mundo... crees que guardan el ID de usuario (o lo que sea) de cada match que hace el sistema ? sinceramente me cuesta creerlo...

La verdad que es un tema que a mi también me interesa mucho, hasta donde sé si le preguntas lo mismo a un contable/abogado tributario te va a decir "pero eso es legal?"...o algo por el estilo... así que lo suyo sería preguntárselo a la persona que te va a poner trabas al final... o sea alguien de hacienda. Mi intención es pasarme por unas oficinas que tengo cerca de casa cuando pueda y ya pondré lo que me dicen.

Un saludo


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: juengasa on October 01, 2013, 09:44:51 PM
Gracias bitcoinero, yo creo que también tengo un contacto en hacienda y voy a preguntar por que ir a un gestor/asesor fiscal me parece que me va poner cara de poker.

Saludos ¡


Title: Re: BITCOINS Y LOS IMPUESTOS.
Post by: amgomez on October 02, 2013, 09:31:25 AM
...

Y entonces yo le digo tengo 10 millones de gastos. Y entonces me dice, páseme las facturas. (mtgox es japonés y con millones de clientes, ni de coña me manda una factura).

...


Pero sí que tienes los justificantes de transferencia a la cuenta de mtgox por 10 millones de tu banco.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: juengasa on October 02, 2013, 10:02:39 AM
Correcto, si yo lo tengo claro, INGRESOS - GASTOS = BENEFICIO y de ahí cóbrame los impuestos que correspondan.

Las transferencias de ingreso a mi cuenta entiendo que hacienda las va a tener en cuenta como beneficio, mis gastos son las transferencias a mtgox, falta saber si esas las va a contemplar Hacienda como gastos o no.

He ahí mi duda.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: bitconiero on October 02, 2013, 10:17:50 AM
De todas formas me surgen dudas.

Si hago apuestas en un casino online, en la ruleta pongamos, y gano 10.000€ porque tengo mucho suerte, eso lo tengo que declarar como ganancia patrimonial... hacienda te pide algún tipo de justificante ? de la página web me refiero...porque estamos en las mismas ahí, que yo sepa, sólo consta el historial de entrada y salida de dinero.

Lo mismo para una plataforma de trading, si juego mucho dinero en el par usd/cad y gano 10.000€, ganancia patrimonial de nuevo, sin ninguna factura ni nada, sólo historial de movimientos.

Por que MTgox debería ser diferente ? cómo gestiona hacienda los 2 casos anteriores ?

S2


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: juengasa on October 02, 2013, 11:51:09 AM
Yo para mi que es tanta la casuística que a Hacienda se le ha roto el juguete y no tienen ni puta idea. Es mi opinión. Con internet, todo lo virtual, etc. se les ha ido de las manos. A ver como controlo yo los movimientos de mtgox, mi cuenta bancaria, los bitcoins que compro los que vendo, los que mando, etc.

Por que si mando 1000€a mtgox, llegan 995,5€ compro 10,3454 bitcoins en varias operaciones, con diferentes comisiones, y los vendo también en varias operaciones, luego mino 2,342342 bitcoins y los meto en mtgox, realizo varias compras y ventas  y me compro una moto por internet con bitcoins y ala, me traigo 1000€ a mi cuenta bancaria. Dime tú a mi, como le voy a decir a Hacienda cual es mi beneficio, si no lo sé ni yo.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: dserrano5 on October 02, 2013, 12:25:51 PM
Dime tú a mi, como le voy a decir a Hacienda cual es mi beneficio, si no lo sé ni yo.

Hacienda te dirá "Chaval, es tu responsabilidad decirme lo que has ganao. Si mientes y te pillo ya sabes lo que hay". De acuerdo que hoy por hoy no van a ir a pedirles cuentas a mtgox pero quién sabe en el futuro. Estamos en pañales y por supuesto que van a meter la nariz hasta que lo tengan todo atado.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: juengasa on October 02, 2013, 06:26:18 PM
Bueno, pues me tocará llevar las cuentas de cuantos € envio, cuantos me traigo y ver la diferencia anual para declarar. En fin un show.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on November 07, 2013, 11:53:16 AM
Mi experiencia personal y las consultas que he realizado a varios asesores fiscales es la siguiente:
  • Si te mueves sólo en bitcoins: No pagas impuestos
  • Si los bitcoins que generes, o parte de ellos los conviertes a Euros: Deberías declararlos como Ganancia Patrimonial en tu declaración de la renta y pagar el % de impuestos requerido.

Seamos serios, Si tienes una wallet donde almacenas 100 bitcoins al mes debido a tus transacciones financieras en base a bitcoins, al final del año tendrás 1200 bitcoins, si especulas un poco, esos bitcoins pueden convertirse en 2000 btc. Mientras los tengas en tu wallet, Hacienda no te toca porque no sabe ni que existe. Pero es lógico y moralmente correcto, que cuando retires de esos 2000 btc 200btc a 230 euros/btc vas a ingresar en tu cuenta 46.000,00 euros. Hacienda te reclamará el 27% porque tendrás que declararlo como Ganancia Patrimonial, pero aun así te quedas con 33.580,00 euros limpios y legales.

Esta es mi filosofía para mi empresa, dado que me ahorro Seguridad Social, IVA, Impuestos de Sociedades, etc... A cambio he de pillarme mi seguro médico privado y mi seguro de Responsabilidad civil, pero que más da! He ahorrado una pasta gansa y de forma legal.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on November 07, 2013, 04:36:04 PM
Si, no tengo nada que objetar a las precisiones planteadas por Aythami. Pero hay cosas que no se pueden obviar.

La luz, el gas, el teléfono, las cuotas de autónomo (porque a pesar de facturar en Bitcoins, éstos tienen un valor, y por tanto existe una actividad económica...) o cualquier otro servicio común y corriente se paga en euros.

Por lo que lo lógico es saber combinar de la mejor manera el uso de ambos medios de pago.

Un saludo


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on November 07, 2013, 04:44:26 PM
Cierto es, todo eso se paga en euros, pero eso no quita todo lo demás. Puedes "facturar" exclusivamente en bitcoins, o en conjunto con euros, y cada mes pasar a euros tus bitcoins obtenidos. Sólo cuando hagas la declaración anual del IRPF es donde debes indicar los ingresos por la venta de tus bitcoins, de lo que hacienda se lleva entre un 21 y un 27%.

Yo por ejemplo sólo facturo en bitcoins, no estoy obligado a darme de alta como autónomo porque la empresa tendrá sede en Londres, y alli el Admin no está obligado a darse de alta en este régimen. A parte, si no facturo más de 71.000 libras (~85.000,00 euros) en todo el ejercicio fiscal, no estoy obligado a pagar el Impuesto de Sociedades ni el IVA. Cada mes transfiero X bitcoins a un exchange de confianza que me transfiere a mi cuenta el valor en euros. Y en Marzo/Abril, presento mi declaración de la Renta y pago entre el 21 y 27% de los ingresos obtenidos por los bitcoins.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on November 07, 2013, 04:49:03 PM
Por cierto, en lo referente a la empresa, le afecta la legislación y fiscalidad de Inglaterra, pero en la declaración de la renta, como soy residente en España, pues me afecta la legislación española.

Al fin y al cabo es de las pocas cosas buenas que tiene la jodida "Unión" Europea.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on November 07, 2013, 04:52:09 PM
Perfecto, pero al mecánico, al frutero o al de la tasca de la esquina, va a tener que registrarse aquí.
Esos son los que tienen que tener un sistema de intercambios combinados.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on November 07, 2013, 04:57:23 PM
Esos son los que hay que hacerles ver las ventajas fiscales de la economía libre que representa bitcoin.

De momento yo, junto con un equipo de agentes, estamos informando de los servicios que nuestra empresa ofrecerá, para darles a conocer esta economía, cuando hayan un buen número de personas que tengan wallets con saldos en bitcoins, nada impedirá que entre ellos se hagan transacciones, como pagar unas cañas con unos btc, etc...

Yo de momento endulzo con la facilidad de sacar unos dinerillos extras "libres" de impuestos.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: escalicha on November 10, 2013, 09:26:52 AM
Mi experiencia personal y las consultas que he realizado a varios asesores fiscales es la siguiente:
  • Si te mueves sólo en bitcoins: No pagas impuestos
  • Si los bitcoins que generes, o parte de ellos los conviertes a Euros: Deberías declararlos como Ganancia Patrimonial en tu declaración de la renta y pagar el % de impuestos requerido.

Seamos serios, Si tienes una wallet donde almacenas 100 bitcoins al mes debido a tus transacciones financieras en base a bitcoins, al final del año tendrás 1200 bitcoins, si especulas un poco, esos bitcoins pueden convertirse en 2000 btc. Mientras los tengas en tu wallet, Hacienda no te toca porque no sabe ni que existe. Pero es lógico y moralmente correcto, que cuando retires de esos 2000 btc 200btc a 230 euros/btc vas a ingresar en tu cuenta 46.000,00 euros. Hacienda te reclamará el 27% porque tendrás que declararlo como Ganancia Patrimonial, pero aun así te quedas con 33.580,00 euros limpios y legales.

Esta es mi filosofía para mi empresa, dado que me ahorro Seguridad Social, IVA, Impuestos de Sociedades, etc... A cambio he de pillarme mi seguro médico privado y mi seguro de Responsabilidad civil, pero que más da! He ahorrado una pasta gansa y de forma legal.


Entiendo pues que si te dedicas a comprar y vender Bitcoins, solo tienes que notificarlo a Hacienda como Ganancia Patrimonial, cierto?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: marcosfx on November 10, 2013, 12:35:06 PM


Entiendo pues que si te dedicas a comprar y vender Bitcoins, solo tienes que notificarlo a Hacienda como Ganancia Patrimonial, cierto?

Si vendes bitcoins en España, deberías cobrar con IVA ¿no?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on November 10, 2013, 02:00:16 PM
Entiendo pues que si te dedicas a comprar y vender Bitcoins, solo tienes que notificarlo a Hacienda como Ganancia Patrimonial, cierto?

No, en realidad si realizar una labor de compraventa de btc, estás haciendo la labor de un exchange o casa de compraventa. Si hoy tú compras btc por valor de 2000 euros, y en unos meses decides vender tus btc obteniendo 3500 euros, en tu declaración de la renta deberás indicar que has obtenido 1500 euros como Ganancia Patrimonial y por tanto pagar el 21% de esos 1500 a Hacienda.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on November 10, 2013, 02:03:47 PM
Quote from: marcosfx
Si vendes bitcoins en España, deberías cobrar con IVA ¿no?

De acuerdo con la RV 2228-13 de la Delegación de Hacienda de Baleares, el cual sienta una especie de jurisprudencia para el resto de las delegaciones, los bitcoins están exentos del IVA.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: marcosfx on November 11, 2013, 05:37:07 PM
Quote from: marcosfx
Si vendes bitcoins en España, deberías cobrar con IVA ¿no?

De acuerdo con la RV 2228-13 de la Delegación de Hacienda de Baleares, el cual sienta una especie de jurisprudencia para el resto de las delegaciones, los bitcoins están exentos del IVA.

La RV 2228-13 dice que no tienes que pagar IVA si pagas algo con bitcoin, porque bitcoin no es una moneda, y por lo tanto es un trueque y no una compra. Considerando bitcoin como un software o algo así.

Pero quien venda bitcoins por euros en España, tendrá que aplicar el IVA correspondiente, pues en este caso los euros si son una moneda, y si se trata de una compra.

Lo que pasa es que en el mundo bitcoin solo se ha comentado la "parte buena" de la noticia.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: LuisCar on November 11, 2013, 06:43:18 PM
Lo que pasa es que en el mundo bitcoin solo se ha comentado la "parte buena" de la noticia.

Esa opinión viene porque no te has leído todo el hilo.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: inc0gnito73 on November 11, 2013, 06:46:04 PM
Lo que pasa es que en el mundo bitcoin solo se ha comentado la "parte buena" de la noticia.

Esa opinión viene porque no te has leído todo el hilo.

+1


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on November 13, 2013, 03:31:25 PM
La RV 2228-13 dice que no tienes que pagar IVA si pagas algo con bitcoin, porque bitcoin no es una moneda, y por lo tanto es un trueque y no una compra. Considerando bitcoin como un software o algo así.

Pero quien venda bitcoins por euros en España, tendrá que aplicar el IVA correspondiente, pues en este caso los euros si son una moneda, y si se trata de una compra.
La RV 2228-13 no indica solamente que si pagas algo con Bitcoin estas exento del IVA. Indica que el bitcoin no es una moneda al no reunir los requisitos establecidos por el Estado para este tipo de bienes, sino en cambio se le considera como un bien de compraventa, tal y como lo son las acciones. Por tanto, tal y como se hacen con las acciones, si conviertes los bitcoins a moneda de curso legal (Euro), la diferencia entre tu inversión inicial y lo devuelto, es lo que debes indicar en tu declaración de la Renta y pagar entre el 21 y el 27 %.

El IVA no se paga en ningún caso.

He de decir que tanto yo, por mi experiencia en mi proyecto empresarial, como Liberto, por su experiencia en bitcoin hispano, tenemos claro esto, dado que lo menos que nos interesa es tener problemas con Hacienda, porque en España, las multas de hacienda son demasiado elevadas, y en este caso no te extrañes que lo sean aun más porque querran dar ejemplo y paralizar el bitcoin en España.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: marcosfx on November 13, 2013, 05:00:54 PM
La RV 2228-13 dice que no tienes que pagar IVA si pagas algo con bitcoin, porque bitcoin no es una moneda, y por lo tanto es un trueque y no una compra. Considerando bitcoin como un software o algo así.

Pero quien venda bitcoins por euros en España, tendrá que aplicar el IVA correspondiente, pues en este caso los euros si son una moneda, y si se trata de una compra.
La RV 2228-13 no indica solamente que si pagas algo con Bitcoin estas exento del IVA. Indica que el bitcoin no es una moneda al no reunir los requisitos establecidos por el Estado para este tipo de bienes, sino en cambio se le considera como un bien de compraventa, tal y como lo son las acciones. Por tanto, tal y como se hacen con las acciones, si conviertes los bitcoins a moneda de curso legal (Euro), la diferencia entre tu inversión inicial y lo devuelto, es lo que debes indicar en tu declaración de la Renta y pagar entre el 21 y el 27 %.

El IVA no se paga en ningún caso.

He de decir que tanto yo, por mi experiencia en mi proyecto empresarial, como Liberto, por su experiencia en bitcoin hispano, tenemos claro esto, dado que lo menos que nos interesa es tener problemas con Hacienda, porque en España, las multas de hacienda son demasiado elevadas, y en este caso no te extrañes que lo sean aun más porque querran dar ejemplo y paralizar el bitcoin en España.

La RV 2228-13 no dice que el bitcoin no es una moneda, dice que no se ha dado información suficiente para hacer esa valoración:

Quote
Ahora bien, para ello sería necesario que la moneda electrónica objeto de adquisición y transmisión por el consultante cumpla los criterios definitorios establecidos en la citada Ley 21/2011, de dinero electrónico, cuestión que no es posible evaluar por parte de este Centro Directivo, dado que no se aporta información suficiente sobre las características de dicho medio de pago o moneda electrónica a efectos de realizar tal valoración.

Por lo que hacienda no ha dicho que el bitcoin "se le considera como un bien de compraventa, tal y como lo son las acciones.". En otros post he leido que se consideraba a bitcoin como si fuese software, cosa que tampoco he visto por ningún sitio en la RV. La RV lo único que define más o menos bien es lo que es el "dinero electrónico", y es parece trivial llegar a la conclusión que el bitcoin no lo es, de ahí a asemejarlo a acciones serían ya interpretaciones (queno digo que estén equivocadas) pero no es algo que diga esa RV.

Además, no es lo mismo ser intermediario en un mercado, a vender directamente. No es lo mismo que tú tengas bitcoins, y los vendas, a ser un intermediario en el mercado, igual que no es lo mismo comprar plata en una tienda que en un broker (creo). Y creo que muchos de los que venden y compran bitcoins no actúan de intermediarios, comprando/vendiendo en el mercado y asignándole una comisión, sino que usan sus propios bitcoins para las compra/ventas.

Anoto que estoy acostumbrado a textos legales, pero principalmente penales, pero la RV 2228-13 me está costando bastante entenderla, será que de derecho mercantil no estoy muy puesto.



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: rafaLon on November 14, 2013, 12:24:06 PM
Me parece que los que no están muy puestos son ellos, han contestado porque tenían que contestar, pero lo han hecho de la forma más ambigua posible para que luego nadie pueda decirles que se habían equivocado.

Al final será Europa la que diga qué es el bitcoin, siempre después de que USA se haya pronunciado.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on November 14, 2013, 02:30:25 PM
Me parece que los que no están muy puestos son ellos, han contestado porque tenían que contestar, pero lo han hecho de la forma más ambigua posible para que luego nadie pueda decirles que se habían equivocado.
Creo que andas algo equivocado, y no he vuelto a contestar porque sería repetirme sobre lo mismo. Mi información está comprobada por los miembros de la AEAT. Así que se que es así.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: chusbiker on November 15, 2013, 11:37:55 PM
Entiendo entonces que al igual que pasa con las acciones mientras no vendamos podemos seguir acumulando las ganancias en bitcoin, aprovecharnos del interés compuesto y demás beneficios del buy and hold.  ;)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on November 16, 2013, 11:31:31 AM
Exacto!


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: chusbiker on November 16, 2013, 03:03:41 PM
Exacto!
Gracias, pues a esquivar a el fisco todo lo que se pueda


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: AsTuRkInG on December 02, 2013, 12:55:42 PM
Pregunto,

si se retira el el dinero a una tarjeta prepago MaterCard como por ejemplo ofrece la opción OKPay o Skrill también hay que declararlo como beneficio personal?

Realmente no habría ningún movimiento bancario a nuestro nombre y creo que puede ser una buena escapatoria para no tener que declarar los beneficios y tampoco


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: barruka on December 02, 2013, 09:03:22 PM
viendo lo de OkPay... podría ser una muy buena solución

1. te das de alta en OkPay y pides una tarjeta física (no se si enviarán a España, no estoy registrado)
2. rellenas la cuenta OkPay con BTC/LTC que has conseguido minando o tradeando
3. pagas tus compras tanto en internet como en el mundo real con OkPay (gasolina, comida, ocio, etc)

De esta forma se evitaría pagar el incremento de patrimonio al convertir los BTC a EUR ya que no van a ingresarse EUR en tu banco, si no que vas gastando los BTC que necesites

Pero el problema es justamente ese, que vas gastando BTC... y por lo que veo el ansia viva correcta es la de acumular BTC ahora hasta dentro de unos años

A ver los expertos que nos cuentan




Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: rafaLon on December 02, 2013, 09:43:20 PM
Mientras estés acumulando no hay que declararlo como incremento de patrimonio, solo cuando los vendas.

Lo de la tarjeta es una opción para las compras del día a día, pero vamos, que cuando el bitcoin valga un millón no me importará pagar mis impuestos correspondientes :)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: AsTuRkInG on December 02, 2013, 10:27:09 PM
Mientras estés acumulando no hay que declararlo como incremento de patrimonio, solo cuando los vendas.

Lo de la tarjeta es una opción para las compras del día a día, pero vamos, que cuando el bitcoin valga un millón no me importará pagar mis impuestos correspondientes :)

pues a mi no me haría ninguna gracia que hacienda o quien sea se quede con un 30% (si no es mas) de mis beneficios. Creo que ya pago bastantes impuestos en todas las cosas y encima tener el pais como está, de vergüenza.

Y lo de la tarjeta esa era la idea, ahora mismo me voy a centrar en litecoins por lo que no amasaré mucha cantidad de dinero de momento pero eventualmente si que retiraré algo por lo que para mis caprichos y compras diarias en amazon/ebay y demás me viene de perlas.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: pitiflin on December 15, 2013, 01:19:46 PM
Un día de esta semana voy a ir a un asesor fiscal a ver si me resuelve la duda que tengo. Os iré informando.

Mi duda es la siguiente:

Si yo decido vender bitcoins por un valor de 100.000€ y decido ingresarlos en mi cuenta bancaria, cuántos impuestos deberé pagar y en concepto de qué?

Y si saco 50.000€ mediante tarjetas prepago, cuántos impuestos deberé pagar de esos 50.000€?

Etcétera

Por lo que he ido leyendo parece ser, que debería ser un 21% por incremento de patrimonio, o hasta un 51% por incremento del patrimonio de difícil explicación (o algo así)

En cuanto tenga la respuesta del asesor la colgaré aquí, a ver si entre todos ayudamos a arrojar un poco de luz sobre este tema.

Peace.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: rafaLon on December 15, 2013, 02:03:44 PM
Hasta el año pasado era entre el 21% y el 27% por incremento patrimonial, pero a partir de este año se paga el tipo normal de irpf, como si hubieras ganado eso con tu trabajo.

Se declararía igual que antes, en el apartado de mercados no regulados.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: pitiflin on December 15, 2013, 03:45:33 PM
Hasta el año pasado era entre el 21% y el 27% por incremento patrimonial, pero a partir de este año se paga el tipo normal de irpf, como si hubieras ganado eso con tu trabajo.

Se declararía igual que antes, en el apartado de mercados no regulados.

Y una vez declarado, imagino que haciendo la declaración de renta correspondiente al año fiscal en que se realiza la venta, ya no habría que hacer nada más? Quiero decir, que si ya no habría que rellenar más formularios ni nada por el estilo.

Y una pregunta más, a partir de que cantidad es obligatorio declararlo? Por ejemplo, alguien que no tiene ingresos, ni paro ni trabajo, tiene que declararlo? A partir de qué cantidad?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: AsTuRkInG on December 15, 2013, 07:13:54 PM
Yo sigo viendo un error grabar con tantos impuestos este tipo de ganancias. Si quisieran recaudar más facilitarían las formas y la gente no buscaría otras vías de meter el dinero.

Eso si, si son cantidades muy grandes como para comprar un piso o casa si que conviene legalizarlo. Si da para pagar todos los gastos y vivir bien no lo haría, la tarjeta Mastercard de OkPay esta mu bien


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: juengasa on December 16, 2013, 06:38:24 AM
Mejor usar btc-e.com -> egopay.com > epayments.com


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: AsTuRkInG on December 16, 2013, 11:17:51 AM
Mejor usar btc-e.com -> egopay.com > epayments.com

como retiras fondos de btc-e a egopay? por transferencia directamente?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: pitiflin on December 16, 2013, 11:59:05 AM
Este jueves tengo hora con el asesor, os mantendré informados ;)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: pitiflin on December 19, 2013, 09:44:01 AM
Acabo de volver del asesor y no se acordaba de que habíamos quedado...

Para que veaís la importancia que se le da al tema Bitcoin.

Al menos ha tenido la honestidad de no soltarme cuatro chorradas improvisadas y me ha vuelto a dar hora para el lunes 30.

Vamos a ver si se prepara esta vez....

Os mantendré informados >:(


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: edumartinez on December 19, 2013, 03:25:39 PM
Acabo de volver del asesor y no se acordaba de que habíamos quedado...

Para que veaís la importancia que se le da al tema Bitcoin.

Al menos ha tenido la honestidad de no soltarme cuatro chorradas improvisadas y me ha vuelto a dar hora para el lunes 30.

Vamos a ver si se prepara esta vez....

Os mantendré informados >:(

Como se informe leyendo los artículos publicados por Expansión o El País lo lleva claro.

Más hubiese valido que se lo explicaras tú mismo.

Suerte.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: popete on December 25, 2013, 10:17:30 AM
Hasta el año pasado era entre el 21% y el 27% por incremento patrimonial, pero a partir de este año se paga el tipo normal de irpf, como si hubieras ganado eso con tu trabajo.

Se declararía igual que antes, en el apartado de mercados no regulados.

Así es, lo pregunte en hacienda el otro día. Y me dijeron que al tipo de irpf que tengas. Sin limite de cantidad. Un chollo si tienes el irpf muy bajo.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: testconpastas2 on December 25, 2013, 01:57:56 PM
Hasta el año pasado era entre el 21% y el 27% por incremento patrimonial, pero a partir de este año se paga el tipo normal de irpf, como si hubieras ganado eso con tu trabajo.

Se declararía igual que antes, en el apartado de mercados no regulados.

Así es, lo pregunte en hacienda el otro día. Y me dijeron que al tipo de irpf que tengas. Sin limite de cantidad. Un chollo si tienes el irpf muy bajo.

No es por desilusionarte pero más que al tipo de irpf que tengas, será al tipo del irpf que te corresponda según la cantidad de btc's que declares.

Ej . si tu tienes el irpf al 25% y declaras por ejemplo 25k€ en BTC, se sumarían estos 25k a tus ingresos y el tramo del irpf subiría y se iria por ejemplo al 40% .

asi que de chollo nada. excepto que estés pensando en pequeñas cantidades.

Feliz navidad a todos!!


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Gilito on December 25, 2013, 11:23:15 PM
Hasta el año pasado era entre el 21% y el 27% por incremento patrimonial, pero a partir de este año se paga el tipo normal de irpf, como si hubieras ganado eso con tu trabajo.

Se declararía igual que antes, en el apartado de mercados no regulados.

Así es, lo pregunte en hacienda el otro día. Y me dijeron que al tipo de irpf que tengas. Sin limite de cantidad. Un chollo si tienes el irpf muy bajo.

No es por desilusionarte pero más que al tipo de irpf que tengas, será al tipo del irpf que te corresponda según la cantidad de btc's que declares.

Ej . si tu tienes el irpf al 25% y declaras por ejemplo 25k€ en BTC, se sumarían estos 25k a tus ingresos y el tramo del irpf subiría y se iria por ejemplo al 40% .

asi que de chollo nada. excepto que estés pensando en pequeñas cantidades.

Feliz navidad a todos!!

El mínimo de IRPF es el 24,75%, así que es ruinoso a no ser que no tengas otros ingresos o no lleguen al mínimo (unos 12.000 euros), lo normal será pagar un 30 o 40%.

Lo que no termino de ver claro es que se tenga que aplicar IRPF y no se trate como un incremento patrimonial.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: pitiflin on December 30, 2013, 04:45:01 PM
Hasta el año pasado era entre el 21% y el 27% por incremento patrimonial, pero a partir de este año se paga el tipo normal de irpf, como si hubieras ganado eso con tu trabajo.

Se declararía igual que antes, en el apartado de mercados no regulados.

Así es, lo pregunte en hacienda el otro día. Y me dijeron que al tipo de irpf que tengas. Sin limite de cantidad. Un chollo si tienes el irpf muy bajo.

Se ha borrado la mitad del post :o

Bueno, preguntaba si de verdad es como decís, porque hoy he ido a el asesor y me ha dicho que se tributa como aumento del patrimonio, al 21$

Un poco menos si tienes hipotecas, hijos, etcétera.

Si en realidad es como decís, me parece mucho mejor.

Ahora bien... y si alguien no trabaja? No tiene ningún tipo de irpf no? La verdad es que no tengo ni idea.


PS: Alguien sabe realmente como coño hay que declararlo?? Porque cada post es una cosa distinta :P


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: frisco on December 31, 2013, 09:28:42 AM
Buenas, yo también estoy muy interesado en saber cual de las dos intérpretaciones es la correcta, por que la del irpf no es para nada un chollazo.
Me explico, por lo que decis no sería simplemente tributar al % que se tiene por el sueldo, sino que seria sumar sueldo + beneficios de bitcoin y calcular el nuevo % según las tablas de cotización por lo que depende de cuanto sea lo de las btcs al final vas a pagar más por ellas que tu % normal pero además de tu sueldo también te van a quitar más.

Otra interpretación que también he visto es que los intereses de las inversiones a menos de un año tributan al tipo máximo del irpf (alrededor del 50% según la comunidad) desde el año pasado para evitar la especulación.

Vamos que es una locura, en mi caso personal hablamos que puede ser un 21% un 40% o un 50% y claro no es lo mismo.

Edit:
Este artículo más o menos parece unificar todas las teorías con sentido.
http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/1618098-como-tributaran-2013-plusvalias-generadas-menos-ano

Ahora queda la cosa de saber cómo demostrar que ha sido algo a más de un año.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: popete on December 31, 2013, 10:12:23 AM
Me parece que todos camino de "isla tortuga"


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: pitiflin on December 31, 2013, 11:57:56 AM
Esto es una mierda.

Alguien sabe si el gobierno tiene en mente hacer otra amnistía fiscal?

En ese caso, se pagaría un 10% de impuestos, independientemente de la cantidad a declarar, sueldos que percibas, propiedades que tengas etc

Vaya, una tarifa plana de un 10%

Creo que es lo más sencillo, y el porcentaje me parece adecuado.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: jordixal on January 03, 2014, 04:27:17 PM
Muy buen hilo, la verdad es que el tema de hacienda y bitcoin está muy verde y por eso me parece interesante las aportaciones de este hilo, y si puede ser con casos reales mucho mejor.

Me viene a la mente una cuestión, alguien que tenga una cantidad importante de bitcoins, está claro que hacienda va a ir a por él en el momento que aparezca un ingreso importante en su banco y no tribute nada. Pero si por ejemplo, hay sitios que permiten el cambio de los bitcoins por tarjetas regalo, por ejemplo de Amazon o otras tiendas o directamente tiendas que pagas con bitcoins y empiezo a comprar como un loco cosas caras, entonces que pasa? Tendré que declarar algo a Hacienda o se enterará de alguna manera? Por otro lado está el tema de localbitcoins dónde ahí si que la cosa es totalmente invisible a ojos de hacienda.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: rafaLon on January 04, 2014, 01:40:28 PM
Depende de lo que compres, si es algo como un ordenador o una tele, Hacienda no se entera, pero si compras un piso o un coche entonces sí.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Pruden on February 01, 2014, 11:02:28 AM
Edit:
Este artículo más o menos parece unificar todas las teorías con sentido.
http://www.rankia.com/blog/irpf-declaracion-renta/1618098-como-tributaran-2013-plusvalias-generadas-menos-ano

Ahora queda la cosa de saber cómo demostrar que ha sido algo a más de un año.

Efectivamente, las rentas de capital mobiliario están sujetas el IRPF si se vende menos de un año después de la compra (la especulación se entiende como un trabajo). El criterio seguido tengo entendido es FIFO (First in, first out): La primera venta corresponde a las primeras BTC compradas. Es decir, si compré 1BTC a 10€ el 1 de enero 2013 y 1BTC a 30€ el 1 de marzo de 2013, y vendo 1.5 BTC ahora a 600€, el desglose sería: he vendido 1BTC de más de un año (590€ de incremento) y 0.5 BTC de menos de un año (285€ que se suman a la base imponible general del IRPF). Me quedaría 0.5 BTC. A ver si alguien lo puede confirmar.

Todas las compraventas especulativas hay que anotarlas (los exchanges pueden desaparecer en cualquier momento con nuestros historiales). Bárcenas dijo simplemente que era muy bueno jugando en la bolsa hace decenios, pero en su caso el delito fiscal ya habría prescrito.  ;D


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Gilito on February 01, 2014, 11:27:19 AM
Todas las compraventas especulativas hay que anotarlas (los exchanges pueden desaparecer en cualquier momento con nuestros historiales). Bárcenas dijo simplemente que era muy bueno jugando en la bolsa hace decenios, pero en su caso el delito fiscal ya habría prescrito.  ;D

Pues está en chirona así que algo no habría prescrito  ;D


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: alivecrypto on February 26, 2014, 07:46:09 PM
Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente


Viene siendo recurrente las preguntas que los tenedores españoles de Bitcoins se hacen de cara a qué fiscalidad se aplica en unos ingresos no contemplados en la legislación, y supuestos que, para no llevarnos sorpresas, tenemos que hacer una interpretación analógica de los mismos. La compraventa de Bitcoins puede ser asimilada a varias categorías profesionales de nuestro ordenamiento jurídico, como puede ser el de la compraventa de acciones o de divisa. Partiendo de esto tenemos que tener en cuenta que la Ley dice que es obligatorio declarar todos los ingresos y darse de alta como autónomo en la Seguridad Social y Hacienda.


Hay que desterrar la errónea creencia de que existe un límite legal de ingresos por la compraventa de Bitcoins (como podría ser con cualquier otro bien susceptible de valoración económica) que puede percibirse sin necesidad de declarar o darse de alta en la Seguridad Social o la Agencia Tributaria (AEAT). La normativa sobre el Régimen Especial de la Seguridad Social dice  que siempre que se realice una actividad empresarial o profesional por cuenta propia es obligatorio estar incluido en el régimen especial de trabajadores autónomos, con independencia del tiempo que se prolongue el empleo o de la remuneración. Es decir, que por pequeños que sean los ingresos, formalmente sería obligatorio estar dado de alta en la categoría profesional que por analogía se aproximara al que compra y vende Bitcoins.

Sin embargo, ya existe una consolidada jurisprudencia de los tribunales españoles que entiende que cuando se generen unos ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en el año natural (8.979,60 euros anuales), no es necesario proceder al alta como autónomo. Este pequeño instructivo nos dará algunas respuestas a las dudas habituales sobre la fiscalidad y los BTC.

 
1. Los términos estrictos de la Ley

Resulta obligatorio darse de alta y declarar aquella actividad que sea la única fuente de ingresos y se realice de manera habitual en el tiempo. Sin embargo, los que obtienen ingresos por la compraventa de BTC y que generan u obtienen unos beneficios escasos por lo que en definitiva sería un "trabajo extra", se pueden preguntar si es conveniente darse de alta o declarar.

Es incorrecto pensar que existe un límite por el cual todo ingreso por debajo de esa cantidad está exento de ser informado a Hacienda. Ahora bien, en numerosas ocasiones, lo elevado de los costes de cuotas y porcentajes sobre beneficios, en comparación con el ingreso, puede no resultar rentable formalizar el alta. Ahora bien, la ley no deja dudas: el capítulo II del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos indica que siempre que se realice una actividad por cuenta propia, es obligatorio estar incluido en el régimen especial de trabajadores autónomos, con independencia de la duración del trabajo y de la remuneración.

Pero, ¿qué se entiende por trabajador autónomo o por cuenta propia? Según la normativa del Régimen Especial de la Seguridad Social, se entiende como trabajador por cuenta propia o autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.

A partir de esto ya empezamos a tener una idea de cómo adaptar nuestra actividad a la fiscalidad más ventajosa.

¿Qué se entiende por habitualidad? Es un aspecto fundamental para saber si es necesario darse de alta o declarar un determinado ingreso. La discusión e interpretación de dicha normativa, por su falta de especificación, genera diversas controversias y ha dado pie a distantes sentencias judiciales. Si se trata de una actividad que no es habitual, como trabajos eventuales que complementan la actividad económica principal, la jurisprudencia se ha decantado por la no necesidad de darse de alta siendo el Salario Mínimo Interprofesional como barrera.

El principal aspecto que la jurisprudencia ha tenido en cuenta para valorar la obligatoriedad del alta, así como base o indicador de habitualidad, ha sido el nivel de ingresos en comparación con el SMI durante el año natural. Las sentencias se han mostrado favorables a la no obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Ahora bien, debemos ser cautos con este criterio, dado que esto no le impide a la Agencia Tributaria reclamar lo que en definitiva legalmente corresponde, aunque en los sucesivos recursos en los Tribunales Económico Administrativos o Juzgados Contencioso-Administrativos triunfe el criterio jurisprudencial. Lo normal sería que la AEAT, consciente de esto, se retracte de reclamar cantidades a quien ha obtenido ingresos por debajo del SMI, pero es bueno tener en cuenta esta realidad.


2. Bitcoins e IRPF


La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir declaración por este Impuesto, con los límites y condiciones que se establezcan.

Si bien, hay una serie de excepciones. No tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes solo de las siguientes fuentes:

[...]

-Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el tope conjunto de 1.600 euros al año.

Lo que nos viene a decir la Ley en este caso es que, estemos dados de alta o no como empresarios o trabajadores, los beneficios que obtengamos de la compraventa de Bitcoins superiores a los 1600 euros al año, debemos declararlos.


3. Algunas recomendaciones


Lo normal es que Hacienda ponga la lupa por transacciones que superen los 3000 euros por operación y los 6000 euros al año, como forma de prevenir el blanqueo de capitales. Luego con todos estos elementos podemos hacernos una idea de las alternativas que tenemos para operar sin ser molestados por el fisco. Un fisco, recordémoslo, cada vez más orientado a  privilegiar al sector financiero responsable del hundimiento económico de millones de personas.

Las recomendaciones para proteger nuestros ahorros y operar en el mercado con Bitcoins serían entonces las siguientes:

-Limitar al máximo las operaciones bancarizadas de canje de Bitcoins por divisa, dando privilegio a las operaciones en efectivo. En ese aspecto, podemos solicitar a las empresas que compren nuestros Bitcoins que nos paguen mediante cheque.

-Formalizar el pago de las grandes compras con Bitcoins o proponérselo al vendedor. En la actualidad, ya hay inmobiliarias y empresas de servicios que están en condiciones de aceptar esta moneda, bien por su atractiva y casi nula fiscalidad o bien por la necesidad de obtener ingresos. Gracias a este método, podemos ahorrar en torno a un 20% del precio final del bien adquirido, si aplicamos una adecuada arquitectura jurídica.

-Si usted tiene una empresa, acepte el pago con Bitcoins. Proponga el uso de Bitcoins a sus empleados y proveedores como forma de salvación de las fuentes de trabajo de las pequeñas y medianas empresas, donde el atractivo mayor es la fiscalidad. Se acabaría el pago del IVA y del IRPF y podría aumentar el salario de sus empleados y hacer nuevas contrataciones e inversiones.

-Si tiene una agrupación, colectivo social o plataforma reivindicativa, haga uso de ella como una forma de soberanía sobre los ingresos de los trabajadores y los pequeños y medianos empresarios. En la actualidad, el marco tributario no permite decidir hacia qué van orientados nuestros tributos. Tome la iniciativa, use el Bitcoin para sufragar los servicios sociales comunitarios que necesita su gente dado que de esta manera usted dejará de pagar impuestos para financiar guerras y corporaciones. Si en su ciudad hay un hospital público o escuela pública en lucha, ayúdela con los Bitcoins que va a dejar de pagar al Estado. ¿No es eso la mejor forma de soberanía monetaria?.


Cualquier ayuda jurídica para implementar el sistema, no dude en consultar.
El Toguero :: Abogado
lan.free1989@gmail.com
muy interesante. seria una buena forma de pago. yasi se fomentaria el uso del bitcoin. interensante.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: tecnopollo on March 18, 2014, 03:55:05 AM
Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente


Viene siendo recurrente las preguntas que los tenedores españoles de Bitcoins se hacen de cara a qué fiscalidad se aplica en unos ingresos no contemplados en la legislación, y supuestos que, para no llevarnos sorpresas, tenemos que hacer una interpretación analógica de los mismos. La compraventa de Bitcoins puede ser asimilada a varias categorías profesionales de nuestro ordenamiento jurídico, como puede ser el de la compraventa de acciones o de divisa. Partiendo de esto tenemos que tener en cuenta que la Ley dice que es obligatorio declarar todos los ingresos y darse de alta como autónomo en la Seguridad Social y Hacienda.


Hay que desterrar la errónea creencia de que existe un límite legal de ingresos por la compraventa de Bitcoins (como podría ser con cualquier otro bien susceptible de valoración económica) que puede percibirse sin necesidad de declarar o darse de alta en la Seguridad Social o la Agencia Tributaria (AEAT). La normativa sobre el Régimen Especial de la Seguridad Social dice  que siempre que se realice una actividad empresarial o profesional por cuenta propia es obligatorio estar incluido en el régimen especial de trabajadores autónomos, con independencia del tiempo que se prolongue el empleo o de la remuneración. Es decir, que por pequeños que sean los ingresos, formalmente sería obligatorio estar dado de alta en la categoría profesional que por analogía se aproximara al que compra y vende Bitcoins.

Sin embargo, ya existe una consolidada jurisprudencia de los tribunales españoles que entiende que cuando se generen unos ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en el año natural (8.979,60 euros anuales), no es necesario proceder al alta como autónomo. Este pequeño instructivo nos dará algunas respuestas a las dudas habituales sobre la fiscalidad y los BTC.

 
1. Los términos estrictos de la Ley

Resulta obligatorio darse de alta y declarar aquella actividad que sea la única fuente de ingresos y se realice de manera habitual en el tiempo. Sin embargo, los que obtienen ingresos por la compraventa de BTC y que generan u obtienen unos beneficios escasos por lo que en definitiva sería un "trabajo extra", se pueden preguntar si es conveniente darse de alta o declarar.

Es incorrecto pensar que existe un límite por el cual todo ingreso por debajo de esa cantidad está exento de ser informado a Hacienda. Ahora bien, en numerosas ocasiones, lo elevado de los costes de cuotas y porcentajes sobre beneficios, en comparación con el ingreso, puede no resultar rentable formalizar el alta. Ahora bien, la ley no deja dudas: el capítulo II del Régimen Especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos indica que siempre que se realice una actividad por cuenta propia, es obligatorio estar incluido en el régimen especial de trabajadores autónomos, con independencia de la duración del trabajo y de la remuneración.

Pero, ¿qué se entiende por trabajador autónomo o por cuenta propia? Según la normativa del Régimen Especial de la Seguridad Social, se entiende como trabajador por cuenta propia o autónomo aquel que realiza de forma habitual, personal y directa una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción por ella a contrato de trabajo y aunque utilice el servicio remunerado de otras personas, sea o no titular de empresa individual o familiar.

A partir de esto ya empezamos a tener una idea de cómo adaptar nuestra actividad a la fiscalidad más ventajosa.

¿Qué se entiende por habitualidad? Es un aspecto fundamental para saber si es necesario darse de alta o declarar un determinado ingreso. La discusión e interpretación de dicha normativa, por su falta de especificación, genera diversas controversias y ha dado pie a distantes sentencias judiciales. Si se trata de una actividad que no es habitual, como trabajos eventuales que complementan la actividad económica principal, la jurisprudencia se ha decantado por la no necesidad de darse de alta siendo el Salario Mínimo Interprofesional como barrera.

El principal aspecto que la jurisprudencia ha tenido en cuenta para valorar la obligatoriedad del alta, así como base o indicador de habitualidad, ha sido el nivel de ingresos en comparación con el SMI durante el año natural. Las sentencias se han mostrado favorables a la no obligación de darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA). Ahora bien, debemos ser cautos con este criterio, dado que esto no le impide a la Agencia Tributaria reclamar lo que en definitiva legalmente corresponde, aunque en los sucesivos recursos en los Tribunales Económico Administrativos o Juzgados Contencioso-Administrativos triunfe el criterio jurisprudencial. Lo normal sería que la AEAT, consciente de esto, se retracte de reclamar cantidades a quien ha obtenido ingresos por debajo del SMI, pero es bueno tener en cuenta esta realidad.


2. Bitcoins e IRPF


La Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, los contribuyentes estarán obligados a presentar y suscribir declaración por este Impuesto, con los límites y condiciones que se establezcan.

Si bien, hay una serie de excepciones. No tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan rentas procedentes solo de las siguientes fuentes:

[...]

-Rendimientos íntegros del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención o ingreso a cuenta, con el tope conjunto de 1.600 euros al año.

Lo que nos viene a decir la Ley en este caso es que, estemos dados de alta o no como empresarios o trabajadores, los beneficios que obtengamos de la compraventa de Bitcoins superiores a los 1600 euros al año, debemos declararlos.


3. Algunas recomendaciones


Lo normal es que Hacienda ponga la lupa por transacciones que superen los 3000 euros por operación y los 6000 euros al año, como forma de prevenir el blanqueo de capitales. Luego con todos estos elementos podemos hacernos una idea de las alternativas que tenemos para operar sin ser molestados por el fisco. Un fisco, recordémoslo, cada vez más orientado a  privilegiar al sector financiero responsable del hundimiento económico de millones de personas.

Las recomendaciones para proteger nuestros ahorros y operar en el mercado con Bitcoins serían entonces las siguientes:

-Limitar al máximo las operaciones bancarizadas de canje de Bitcoins por divisa, dando privilegio a las operaciones en efectivo. En ese aspecto, podemos solicitar a las empresas que compren nuestros Bitcoins que nos paguen mediante cheque.

-Formalizar el pago de las grandes compras con Bitcoins o proponérselo al vendedor. En la actualidad, ya hay inmobiliarias y empresas de servicios que están en condiciones de aceptar esta moneda, bien por su atractiva y casi nula fiscalidad o bien por la necesidad de obtener ingresos. Gracias a este método, podemos ahorrar en torno a un 20% del precio final del bien adquirido, si aplicamos una adecuada arquitectura jurídica.

-Si usted tiene una empresa, acepte el pago con Bitcoins. Proponga el uso de Bitcoins a sus empleados y proveedores como forma de salvación de las fuentes de trabajo de las pequeñas y medianas empresas, donde el atractivo mayor es la fiscalidad. Se acabaría el pago del IVA y del IRPF y podría aumentar el salario de sus empleados y hacer nuevas contrataciones e inversiones.

-Si tiene una agrupación, colectivo social o plataforma reivindicativa, haga uso de ella como una forma de soberanía sobre los ingresos de los trabajadores y los pequeños y medianos empresarios. En la actualidad, el marco tributario no permite decidir hacia qué van orientados nuestros tributos. Tome la iniciativa, use el Bitcoin para sufragar los servicios sociales comunitarios que necesita su gente dado que de esta manera usted dejará de pagar impuestos para financiar guerras y corporaciones. Si en su ciudad hay un hospital público o escuela pública en lucha, ayúdela con los Bitcoins que va a dejar de pagar al Estado. ¿No es eso la mejor forma de soberanía monetaria?.


Cualquier ayuda jurídica para implementar el sistema, no dude en consultar.
El Toguero :: Abogado
lan.free1989@gmail.com

¿Hay forma de pasar BTC a dinero FIAT de forma anónima?
tipo tarjeta prepago o similar?
no quiero que queda nada reflejado en mis cuentas, estoy esperando una beca de estudios y no quiero joder mi futuro, pero lo que me dan de beca (si me la dan) ni para pipas.

¿podrías echarme un cable?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on March 18, 2014, 09:54:30 AM
¿Hay forma de pasar BTC a dinero FIAT de forma anónima?
tipo tarjeta prepago o similar?
no quiero que queda nada reflejado en mis cuentas, estoy esperando una beca de estudios y no quiero joder mi futuro, pero lo que me dan de beca (si me la dan) ni para pipas.

¿podrías echarme un cable?

Si, acude a localbitcoin.com y busca a un comprador de bitcoins de tu zona. En este portal se publicitan particulares que compran y venden bitcoins y los pagos son en metálico.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: tecnopollo on March 18, 2014, 07:37:54 PM
¿Hay forma de pasar BTC a dinero FIAT de forma anónima?
tipo tarjeta prepago o similar?
no quiero que queda nada reflejado en mis cuentas, estoy esperando una beca de estudios y no quiero joder mi futuro, pero lo que me dan de beca (si me la dan) ni para pipas.

¿podrías echarme un cable?

Si, acude a localbitcoin.com y busca a un comprador de bitcoins de tu zona. En este portal se publicitan particulares que compran y venden bitcoins y los pagos son en metálico.

Estoy en localbitcoin pero vivo en un pueblo y no contacta conmigo ni cristo  :-\


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: dserrano5 on March 18, 2014, 09:17:20 PM
Estoy en localbitcoin pero vivo en un pueblo y no contacta conmigo ni cristo  :-\

Entonces o bien ofrece mejores precios o bien acepta tú los precios ajenos. Libre mercado…


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: telemaco on March 26, 2014, 11:10:34 AM
Interesantísima thread, muchas gracias a todos.

Unas dudillas, a ver si alguien me puede ayudar. Hago las preguntas como español residente.

1. Si yo hago deposito de 5000 de mis ahorros (por ejemplo) euros en Bitstamp y hago compra y venta de Bitcoins con cierta frecuencia y al final de 2013 solo he hecho withdrawal de 2000. Tengo que pagar impuestos? O tengo que desglosar cada compra y cada venta que he hecho (cientos de ellas) dentro de Bitstamp y declarar cada una de ellas? Impuesto sobre beneficios entiendo yo, igual que sería si fueran acciones? Si tengo X en beneficios y X en pérdidas, está limitado lo que puedo descontar en pérdidas en España (por ejemplo 3000 euros - me lo he inventado)?

2. Tengo que declarar los Bitcoins que haya comprado y vendido en MtGox (Japón)? Sobre esto, como consigo los datos de MtGox si han cerrado? Si hubiera tenido dinero en MtGox y lo hubiera perdido por ejemplo vamos a decir 5000 euros tras el cierre de esta compañia, puedo declarar esa cantidad como pérdida?

3. Tengo que declarar los Bitcoins que haya comprado y vendido en Btc-e que algunos dicen que están en Rumanía, otros en rusia y en fin no parece que sigan las leyes de Know your customer e identificación de clientes?

4. Si he comprado algunos productos con Bitcoin, como he declarar este dinero, como si lo hubiera vendido a precio de mercado en el dia de hacer la compra del producto?

Gracias a todos,





Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: escalicha on March 26, 2014, 11:16:07 AM
Interesantísima thread, muchas gracias a todos.

Unas dudillas, a ver si alguien me puede ayudar. Hago las preguntas como español residente.

1. Si yo hago deposito de 5000 de mis ahorros (por ejemplo) euros en Bitstamp y hago compra y venta de Bitcoins con cierta frecuencia y al final de 2013 solo he hecho withdrawal de 2000. Tengo que pagar impuestos? O tengo que desglosar cada compra y cada venta que he hecho (cientos de ellas) dentro de Bitstamp y declarar cada una de ellas? Impuesto sobre beneficios entiendo yo, igual que sería si fueran acciones? Si tengo X en beneficios y X en pérdidas, está limitado lo que puedo descontar en pérdidas en España (por ejemplo 3000 euros - me lo he inventado)?

2. Tengo que declarar los Bitcoins que haya comprado y vendido en MtGox (Japón)? Sobre esto, como consigo los datos de MtGox si han cerrado? Si hubiera tenido dinero en MtGox y lo hubiera perdido por ejemplo vamos a decir 5000 euros tras el cierre de esta compañia, puedo declarar esa cantidad como pérdida?

3. Tengo que declarar los Bitcoins que haya comprado y vendido en Btc-e que algunos dicen que están en Rumanía, otros en rusia y en fin no parece que sigan las leyes de Know your customer e identificación de clientes?

4. Si he comprado algunos productos con Bitcoin, como he declarar este dinero, como si lo hubiera vendido a precio de mercado en el dia de hacer la compra del producto?

Gracias a todos,





Hola,

Lo mejor sería que lo hablases con un asesor. En principio lo se trata como una acción pura pero todo indica que acabará estando exenta de IVA.
El tratamiento que se suele dar en el hilo es pro fanático y hay que ser realistas, y pagar los impuestos que el estado quiera cobrar. Informate aun que siendo las cantidades que dices, lo podrías imputar a ganancias del capital, y tampoco te va a perseguir hacienda.

Un saludo


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: aythami on March 26, 2014, 01:26:33 PM
Es muy sencillo, si no quieres tener problemas con la AEAT sólo tienes que hacer lo siguiente:
1. Hallar cuantos euros has empleado en el año 2013 para COMPRAR bitcoins a través de exchangers (no cuentan los particulares)
2. Hallar cuantos euros has obtenido en el año 2013 por VENDER tus bitcoins a través de exchangers
3. Obtener la diferencia entre lo que has vendido menos lo que has comprado, y esta cifra se corresponde con tus ganancias extras.
4. En tu declaración de IRPF correspondiente al año 2013, campo de retribuciones correspondiente de acuerdo a la RV 2228-13 pones la cifra de las ganancias extras, y deberás pagar entre el 21~27% de esa cifra.


Interesantísima thread, muchas gracias a todos.

Unas dudillas, a ver si alguien me puede ayudar. Hago las preguntas como español residente.

1. Si yo hago deposito de 5000 de mis ahorros (por ejemplo) euros en Bitstamp y hago compra y venta de Bitcoins con cierta frecuencia y al final de 2013 solo he hecho withdrawal de 2000. Tengo que pagar impuestos? O tengo que desglosar cada compra y cada venta que he hecho (cientos de ellas) dentro de Bitstamp y declarar cada una de ellas? Impuesto sobre beneficios entiendo yo, igual que sería si fueran acciones? Si tengo X en beneficios y X en pérdidas, está limitado lo que puedo descontar en pérdidas en España (por ejemplo 3000 euros - me lo he inventado)?

2. Tengo que declarar los Bitcoins que haya comprado y vendido en MtGox (Japón)? Sobre esto, como consigo los datos de MtGox si han cerrado? Si hubiera tenido dinero en MtGox y lo hubiera perdido por ejemplo vamos a decir 5000 euros tras el cierre de esta compañia, puedo declarar esa cantidad como pérdida?

3. Tengo que declarar los Bitcoins que haya comprado y vendido en Btc-e que algunos dicen que están en Rumanía, otros en rusia y en fin no parece que sigan las leyes de Know your customer e identificación de clientes?

4. Si he comprado algunos productos con Bitcoin, como he declarar este dinero, como si lo hubiera vendido a precio de mercado en el dia de hacer la compra del producto?

Gracias a todos,






Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: escalicha on March 27, 2014, 12:52:00 AM
Es muy sencillo, si no quieres tener problemas con la AEAT sólo tienes que hacer lo siguiente:
1. Hallar cuantos euros has empleado en el año 2013 para COMPRAR bitcoins a través de exchangers (no cuentan los particulares)
2. Hallar cuantos euros has obtenido en el año 2013 por VENDER tus bitcoins a través de exchangers
3. Obtener la diferencia entre lo que has vendido menos lo que has comprado, y esta cifra se corresponde con tus ganancias extras.
4. En tu declaración de IRPF correspondiente al año 2013, campo de retribuciones correspondiente de acuerdo a la RV 2228-13 pones la cifra de las ganancias extras, y deberás pagar entre el 21~27% de esa cifra.


En el punto 4, corrígeme si me equivoco, pero lo de pagar entre el 21% al 27% sería solo para ganancias generadas en un periodo superior a un año.
Según los cambios introducidos en el IRPF 2013, si las ganancias se generan en un periodo inferior a un año, que es el caso, tributan al tipo marginal, que puede ir desde un 24,75%, hasta un 52% (o 56% en algunas autonomías).




Correcto! Si lo pones en el apartado del 21% al 27% y hacienda se da cuenta o te pide explciaciones pues te cae el una multilla del valor que te falta más el 5% 10% o 20%+Intereses legales....

No te va de ese 10% y evitarte marrones en un futuro.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on March 27, 2014, 11:26:07 AM
Es muy sencillo, si no quieres tener problemas con la AEAT sólo tienes que hacer lo siguiente:
1. Hallar cuantos euros has empleado en el año 2013 para COMPRAR bitcoins a través de exchangers (no cuentan los particulares)
2. Hallar cuantos euros has obtenido en el año 2013 por VENDER tus bitcoins a través de exchangers
3. Obtener la diferencia entre lo que has vendido menos lo que has comprado, y esta cifra se corresponde con tus ganancias extras.
4. En tu declaración de IRPF correspondiente al año 2013, campo de retribuciones correspondiente de acuerdo a la RV 2228-13 pones la cifra de las ganancias extras, y deberás pagar entre el 21~27% de esa cifra.


En el punto 4, corrígeme si me equivoco, pero lo de pagar entre el 21% al 27% sería solo para ganancias generadas en un periodo superior a un año.
Según los cambios introducidos en el IRPF 2013, si las ganancias se generan en un periodo inferior a un año, que es el caso, tributan al tipo marginal, que puede ir desde un 24,75%, hasta un 52% (o 56% en algunas autonomías).



Exacto, así es.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: danielte on March 31, 2014, 11:03:01 AM
Una persona que hace unos años compró unos cuatos bitcoin y hoy valen mucho por ejemplo 200.000€ y los quiere ingresar en el banco, ¿exactamente que es lo que pide hacienda para confirmar que ese dinero se ha obtenido legalmente?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: pitiflin on March 31, 2014, 12:50:46 PM
Que les des la mitad a ellos porque son muy guapos.

Tú dales la mitad y ya verás como no te ponen ninguna pega. ;)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: rafaLon on April 07, 2014, 07:15:22 AM
Es muy sencillo, si no quieres tener problemas con la AEAT sólo tienes que hacer lo siguiente:
1. Hallar cuantos euros has empleado en el año 2013 para COMPRAR bitcoins a través de exchangers (no cuentan los particulares)
2. Hallar cuantos euros has obtenido en el año 2013 por VENDER tus bitcoins a través de exchangers
3. Obtener la diferencia entre lo que has vendido menos lo que has comprado, y esta cifra se corresponde con tus ganancias extras.
4. En tu declaración de IRPF correspondiente al año 2013, campo de retribuciones correspondiente de acuerdo a la RV 2228-13 pones la cifra de las ganancias extras, y deberás pagar entre el 21~27% de esa cifra.

Además de eso guárdate un excel con toooodas las operaciones que hayas hecho, que te lo pueden pedir, igual que en forex o en acciones. En la declaración, en el apartado de mercados no regulados, lo haces como te han dicho, un resumen con los beneficios, pero a lo mejor más adelante (tienen hasta 4 años de tiempo) te requieren la lista de operaciones.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: CloNi on July 11, 2014, 10:38:39 AM
Es muy sencillo, si no quieres tener problemas con la AEAT sólo tienes que hacer lo siguiente:
1. Hallar cuantos euros has empleado en el año 2013 para COMPRAR bitcoins a través de exchangers (no cuentan los particulares)
2. Hallar cuantos euros has obtenido en el año 2013 por VENDER tus bitcoins a través de exchangers
3. Obtener la diferencia entre lo que has vendido menos lo que has comprado, y esta cifra se corresponde con tus ganancias extras.
4. En tu declaración de IRPF correspondiente al año 2013, campo de retribuciones correspondiente de acuerdo a la RV 2228-13 pones la cifra de las ganancias extras, y deberás pagar entre el 21~27% de esa cifra.

Además de eso guárdate un excel con toooodas las operaciones que hayas hecho, que te lo pueden pedir, igual que en forex o en acciones. En la declaración, en el apartado de mercados no regulados, lo haces como te han dicho, un resumen con los beneficios, pero a lo mejor más adelante (tienen hasta 4 años de tiempo) te requieren la lista de operaciones.


He estado mirando algunos tramos de cuota íntegra sobre la base imponible para las ganancias patrimoniales y no se si me estoy confundiendo con otros tramos o que en algunas webs no se han actualizado pero el último tramo de 27%, lo he visto a 25,5% o incluso a 30%. ¿Me podría confirmar alguien a partir de que cantidad es el último tramo y su %?

EDITO: Y otra cosa más. ¿Hasta qué punto no cuentan las compras a particulares?, lo digo porque yo normalmente sólo uso particulares, pero a un ritmo alto y con cantidades con un volumen importante.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: soldtt on July 15, 2014, 09:42:41 AM
Hola, me acabo de leer la guia y me ha aclarado varias cosas... Muchas gracias.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Gilito on September 01, 2014, 07:59:51 PM
De que sirve un excel con las operaciones si no pueden verificarlo?

Es muy sencillo, si no quieres tener problemas con la AEAT sólo tienes que hacer lo siguiente:
1. Hallar cuantos euros has empleado en el año 2013 para COMPRAR bitcoins a través de exchangers (no cuentan los particulares)
2. Hallar cuantos euros has obtenido en el año 2013 por VENDER tus bitcoins a través de exchangers
3. Obtener la diferencia entre lo que has vendido menos lo que has comprado, y esta cifra se corresponde con tus ganancias extras.
4. En tu declaración de IRPF correspondiente al año 2013, campo de retribuciones correspondiente de acuerdo a la RV 2228-13 pones la cifra de las ganancias extras, y deberás pagar entre el 21~27% de esa cifra.

Además de eso guárdate un excel con toooodas las operaciones que hayas hecho, que te lo pueden pedir, igual que en forex o en acciones. En la declaración, en el apartado de mercados no regulados, lo haces como te han dicho, un resumen con los beneficios, pero a lo mejor más adelante (tienen hasta 4 años de tiempo) te requieren la lista de operaciones.



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: rafaLon on September 08, 2014, 11:22:24 AM
Es lo que piden, en la declaración no hay sitio para poner todas las operaciones, así que tienes que poner un resumen y guardar la lista de operaciones por si te la requieren. Si te la piden y después quieren verificarlo, pues supongo que llamarán al broker, o te pedirán algún certificado, no sé.

De que sirve un excel con las operaciones si no pueden verificarlo?

Es muy sencillo, si no quieres tener problemas con la AEAT sólo tienes que hacer lo siguiente:
1. Hallar cuantos euros has empleado en el año 2013 para COMPRAR bitcoins a través de exchangers (no cuentan los particulares)
2. Hallar cuantos euros has obtenido en el año 2013 por VENDER tus bitcoins a través de exchangers
3. Obtener la diferencia entre lo que has vendido menos lo que has comprado, y esta cifra se corresponde con tus ganancias extras.
4. En tu declaración de IRPF correspondiente al año 2013, campo de retribuciones correspondiente de acuerdo a la RV 2228-13 pones la cifra de las ganancias extras, y deberás pagar entre el 21~27% de esa cifra.

Además de eso guárdate un excel con toooodas las operaciones que hayas hecho, que te lo pueden pedir, igual que en forex o en acciones. En la declaración, en el apartado de mercados no regulados, lo haces como te han dicho, un resumen con los beneficios, pero a lo mejor más adelante (tienen hasta 4 años de tiempo) te requieren la lista de operaciones.



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: AdriKGB on September 12, 2014, 01:20:41 PM
http://elbitcoin.org/noticias-bitcoin-del-dia-12-septiembre-2014/

España: presentan nuevo marco regulatorio para Bitcoin

La agencia gubernamental española que supervisa los asuntos financieros y fiscales emitió una nueva reglamentación en la cual de declara que Bitcoin debe ser considerado como un sistema de pago electrónico, desición que podría tener un gran impacto en la economía de la criptomoneda en España. El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas presentó la resolución en respuesta a las consultas realizadas por Coinffeine, una plataforma de intercambio de código abierto con sede en el país europeo. Abanlex, el despacho de abogados especializado en tecnología e internet (que además acepta Bitcoin) representante de la compañía, había presentado, en abril último, una serie de consultas al Ministerio de Hacienda y al Congreso de España con el objetivo de aclarar algunas cuestiones relacionadas con Bitcoin. La respuesta del Ministerio de Hacienda dice que, de ahora en adelante, las empresas de apuestas online con bitcoins deben solicitar una licencia para poder operar. Según la interpretación de los abogados de Coinffeine, “si el Ministerio de Hacienda considera a Bitcoin un sistema de pago electrónico a efectos de la ley de juegos de azar, entonces esa misma definición es aplicable a otras leyes, como la ley del límite de € 2.500 (que prohíbe a los consumidores españoles pagar en efectivo para liquidar facturas de más de € 2.500) y las leyes anti lavado de dinero”. En declaraciones para CoinDesk, el CTO y co-fundador de Coinffeine, Ximo Guanter, dijo: “Lo importante aquí es que España está empezando a tratar a Bitcoin más como una moneda que como un activo, que es la inversa de lo que han hecho en Estados Unidos”. Esta es la primera actualización regulatoria en relación a la criptomoneda desde mayo de este año, cuando la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) informó que estaba monitoreando a las monedas digitales.

Fuente: coindesk.com



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: pitiflin on October 30, 2014, 11:16:31 PM
Cómo está el tema para los mineros? Como declarar esas ganancias ante Hacienda?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Maxpayne86 on January 19, 2015, 10:25:01 PM
Buenas,

Quiero vender unas BTC que tengo muertas de asco ya que necesito la pasta.

Creéis que puedo hacer una transferencia de Bitstamp a mi banco (España) por valor de 800€ cada 5 meses por ejemplo?

Hace tiempo hice una de 1000€ y nadie me preguntó nada.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Rampion on January 20, 2015, 12:02:17 AM
Buenas,

Quiero vender unas BTC que tengo muertas de asco ya que necesito la pasta.

Creéis que puedo hacer una transferencia de Bitstamp a mi banco (España) por valor de 800€ cada 5 meses por ejemplo?

Hace tiempo hice una de 1000€ y nadie me preguntó nada.

Por esas cantidades nadie te va a decir absolutamente nada, puedes estar totalmente tranquilo.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: pitosporum on January 20, 2015, 06:26:40 PM
Algunas conclusiones sobre la tributación:
http://www.legaltoday.com/blogs/fiscal/blog-sobre-tributacion-indirecta/la-tributacion-del-bitcoin-en-el-iva



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: janderklander on March 19, 2015, 11:24:01 PM
he empezado a invertir en un pool de minado y ya han empezado a a ingresar btc's y a final de mes tendría el equivalente a unos $1500. entonces cuando quiera convertir a $ y de ahí mandarme el dinero a mi cuenta, ¿cómo hago para no tener problemas con hacienda? no me importa si al final tengo que pagar aunque esa un picazo con tal de no tener problemas


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Pruden on March 19, 2015, 11:52:17 PM
Como todo: Se informa de las plusvalías, me imagino que sólo de las cantidades que has vendido. Si la inversión fue en bitcoins, habrá que tener en cuenta el precio al que las compraste y el precio al que las vendiste. Si por lo rentable que es llegas a vender más bitcoins que las que habías comprado, me imagino que a partir de ahí será como declarar dividendos (es el mismo impuesto).

De todos modos, la forma de no tener problemas con los pools de minado y sus tremendas rentabilidades es no "invertir" en ellos. Qué ganas de separarse de su dinero tienen algunos...


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: jordixal on June 17, 2015, 02:52:54 PM
Una pregunta si en lugar de realizar una transferencia a tu banco y declarar las ganancias se usa Hal Cash dónde se puede ir a muchos cajeros y sacar con un número de movil dinero en efectivo previo envío de transferencia de bitcoins a la dirección bitcoin del cajero.  a nivel de fiscalidad como se come esto?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: dserrano5 on June 17, 2015, 02:58:32 PM
Una pregunta si en lugar de realizar una transferencia a tu banco y declarar las ganancias se usa Hal Cash dónde se puede ir a muchos cajeros y sacar con un número de movil dinero en efectivo previo envío de transferencia de bitcoins a la dirección bitcoin del cajero.  a nivel de fiscalidad como se come esto?

Igual, ya que el móvil va enlazado a tu identidad. O peor, porque se te puede acusar de structuring.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: jordixal on June 18, 2015, 07:50:06 AM
Una pregunta si en lugar de realizar una transferencia a tu banco y declarar las ganancias se usa Hal Cash dónde se puede ir a muchos cajeros y sacar con un número de movil dinero en efectivo previo envío de transferencia de bitcoins a la dirección bitcoin del cajero.  a nivel de fiscalidad como se come esto?

Igual, ya que el móvil va enlazado a tu identidad. O peor, porque se te puede acusar de structuring.

Gracias dserrano5, entonces entiendo como se ha venido explicando en este hilo que se debe declarar como ganancia patrimonial ya sea transferencias a tu banco o todo lo que saques por cajero con HalCash para hacerlo "correctamente". Supongo que esas prácticas sin impunidad están reservadas para Rato, Bárcenas y compañia...


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: juanmend84 on June 19, 2015, 03:09:05 PM
Genial este hilo, muy útil, muchas grcias  8)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: serrano78 on August 19, 2015, 11:01:18 AM
Gran post y muy util la información.

Como has hablado de la SS me surge una duda. Tengo una incapacidad absoluta para todo trabajo y ley en un post sobre legislacion laboral que no habria problema con la SS pero como dices al incio del post puede ser que comprar y vender crytomonedas sea considerado como un "trabajo".

No creo que saque grandes beneficios entre otras cosas porque mi poder adquisitivo no me lo va a permitir pero si saco 100 euros ya me doy con un canto en los dientes, pero claro, si por otro lado puede ser perjudicial para mi pensión mejor me olvido y dejo de perder el tiempo.

¿Puedo tener problemas por comprar y vender crytomonedas?

Gracias de antemano por tu respuesta y gracias de nuevo por la información sobre fiscalidad.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Pruden on August 19, 2015, 11:31:18 AM
Toda actividad habitual con intención de ganar dinero se considera económica, un trabajo. Ahora bien, de cara a obligaciones con la Seguridad Social hay jurisprudencia que marca la frontera en que los rendimientos alcancen el Salario Mínimo Interprofesional. Creo que el cómputo se hace anual.
En Internet deberías encontrar fácilmente más información al respecto.

Por otro lado, ten en cuenta que es arriesgado tratar con desconocidos y criptomonedas. Te expones a llamadas desagradables del banco, colaborar inadvertidamente en estafas y demás líos. :)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Liberto on August 19, 2015, 11:50:59 AM
Efectivamente Pruden, toda actividad que implique un intercambio de bienes o servicios con fines lucrativos es actividad económica.

Igual creo que tengo que darle una vuelta a este post; hay que actualizar varias cosas que han ocurrido en estos últimos dos años desde que lo escribí (parece que fue ayer...).


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: desguacebarcelona on October 19, 2015, 02:36:02 PM
Gracias por la info !!! es lo que buscaba


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: telemaco on April 19, 2016, 06:39:46 PM
Es muy sencillo, si no quieres tener problemas con la AEAT sólo tienes que hacer lo siguiente:
1. Hallar cuantos euros has empleado en el año 2013 para COMPRAR bitcoins a través de exchangers (no cuentan los particulares)
2. Hallar cuantos euros has obtenido en el año 2013 por VENDER tus bitcoins a través de exchangers
3. Obtener la diferencia entre lo que has vendido menos lo que has comprado, y esta cifra se corresponde con tus ganancias extras.
4. En tu declaración de IRPF correspondiente al año 2013, campo de retribuciones correspondiente de acuerdo a la RV 2228-13 pones la cifra de las ganancias extras, y deberás pagar entre el 21~27% de esa cifra.

Además de eso guárdate un excel con toooodas las operaciones que hayas hecho, que te lo pueden pedir, igual que en forex o en acciones. En la declaración, en el apartado de mercados no regulados, lo haces como te han dicho, un resumen con los beneficios, pero a lo mejor más adelante (tienen hasta 4 años de tiempo) te requieren la lista de operaciones.



Perdon por la necromancia de esta thread tan antigua.

Vamos a ver.

Si yo desde 2013 he ido comprando algunos bitcoins, por EJEMPLO unos 20k euros en diferentes cantidades, desde 500 a 2000 euros en diferentes fechas. todo absolutemente e irreprochablemente legal y mas claro que el cristal, desde mi propia cuenta de mi banco y a una exchange regulada Bitstamp. Proporcionando la información requerida, identificandome, etc. Vamos desde mi cuenta personal y sin ningún tipo de trampa ni cartón.

Luego desde 2013 hasta ahora yo he ido desembolsando algunos de mis bitcoins, llegando a un total de 9k euros, a mi propia cuenta de banco, exactamente la misma. Más claro el agua.

Tengo que declarar algun tipo de beneficio o algo? Vamos compro bitcoins por 20k euros y vendo de MIS 20k euros en bitcoins, pues 9k euros de MIS bitcoins?. Tengo que declarar algo?? Donde está el beneficio??
Y si he estado comprando y vendiendo algun bitcoin en la exchange es asunto mio? o bien SI es importante y los bitcoin negociados en exchanges SI se consideran a efectos de beneficio. Importa si ahora tengo 3 btc or si tengo 1000? o solo importa el dia que lo convierta a euros?




Gracias,


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Pruden on April 20, 2016, 11:12:05 AM
El beneficio está en que CADA BITCOIN se compró a un determinado precio y luego se vendió a otro. No existe el "si he metido 20k y sacado 9k, aún no he sacado beneficio". Hay que mirar operación a operación. El criterio que se suele seguir es el FIFO (First In, First Out): Cada vez que vendes un bitcoin, se considera que has vendido el bitcoin que compraste hace más tiempo ("first in", el que primero entró en tu cartera). Si vendes 1BTC y las compras más antiguas son 0.6BTC a 200€ y, unos días después, 2BTC a 210€, se entiende que has vendido 0.6 que compraste a 200€ y 0.4 a 210€, y quedan 1.6bitcoins a 210€ como bitcoins más antiguas que tienes.

Existe el LIFO (Last In, First Out, vendes lo último comprado y lo anterior se queda ahí para siempre) pero se considera a extinguir. En todo caso, naturalmente, el criterio debe mantenerse una vez establecido.

Esto es típico procedimiento para declarar, ya sea como empresa o como persona física, ganancias de patrimonio, tanto en contabilidad como de cara a Hacienda. Un asesor fiscal (que yo no lo soy y no debes hacer caso a nada de lo que he dicho en este mensaje) te lo explicará mejor.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: telemaco on April 20, 2016, 01:58:40 PM
Mil gracias por tu detallada respuesta y por atender a mis dudas.

Lo que me indicas puede suponer un problema de complejidad muy grande si una persona por ejemplo:

Ha comprado unos bitcoins y con algunos ha comprado unos namecoin, y luego ha vendido algunos de esos y otros de estos segundos los envió a Cryptsy (exchange desaparecida) y otros los envió a mtgox (exchange desaparecida) y le timaron 30 en X pero no pudo denunciar porque nadie sabía ni lo que era en su epoca. Algunos se vendieron de nuevo a bitcoin, otros de nuevo a bitstamp, otros se quedaron en mtgox "indefinidamente", muchos ya ni lo sabe, otros en una wallet que ya no tiene password y así con varias exchanges diferentes y varias altcoins e ICOs y assets on btcassets.com (desaparecida) y en trades OTC realizados con o sin escrow y todo esto ANTES de que el Estado Español se dignara a decidir que iba a hacer a pesar de las DECENAS de preguntas que durante AÑOS los aficionados de las cryptomonedas les hacian.

Con lo que muchas personas se encontraran como este señor de Estonia con la vida arruinada, pero bueno que mas le da al Estado Español, total ya jodió la vida a todo SOPLAPOLLAS que invirtió dinero en renovables.

http://cointelegraph.com/news/owner-moves-bitcoin-exchange-out-of-estonia-after-landmark-supreme-court-decision

Pero no habían decido que se iba a considerar como efectivo?

http://www.elconfidencial.com/tecnologia/2015-10-23/los-bitcoin-quedan-libres-de-impuestos-ya-son-un-modo-de-pago-oficial_1068950/

Detalle: http://curia.europa.eu/jcms/upload/docs/application/pdf/2015-10/cp150128es.pdf

Porque cuando uno cambia en efectivo no anda marcándolos uno por uno para ver donde y cuando lo compra y si uno se le mojó en la lavadora o no.

O No? Porque a dia de hoy me pongo a buscar y buscar y buscar y no se sabe si manda la regulación europea o si la local o no. Vamos que no se aclaran y pagarán el pato los soplapollas de siempre.

Lo que no es razonable es que a Cristobal Colón se le reclame impuesto del suelo o la ORA en los terrenos descubiertos del nuevo mundo cuando no se sabía si era isla, continente y o si tenía dueño, no o quien sabe. Impuestos del ayuntamiento cuando solo hay una tienda de campaña, impuestos de circulación cuando no hay carreteras.
No es razonable esperar que una actividad totalmente desregulada y novedosa que ni a dia de hoy el estado se aclara y que nadie sabía ni como funciona ni como organizarse, ni como va iba a ser en el futuro (si es que tenía algún futuro) con volatilidades (al principio) de 20% en un dia, con estafas por doquier y NULA garantía jurídica o protección estatal y donde el estado no garantiza ningun tipo de DERECHO al individuo, venga luego papá estado a reclamar todas las OBLIGACIONES igual que si hablarámos del nasdaq o de un contrato de alquiler en fuencarral.

Es como si después de 1 lustro de uso de correo electrónico con los propios usuarios ROGANDO indicaciones sobre como proceder viniera papa estado y dijera que retroactivamente cada correo electrónico enviado "necesitaba" pagar un sello de la compañía estatal de correos.

En fin voy a ver si pido cita en Abanlex y el bendito Bitcoin no se convierte en el mayor error de mi vida con caracter "retroactivo".

Desesperante.







Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Pruden on April 21, 2016, 06:43:05 AM
Es un trabajo, por supuesto. Los especuladores que haya por aquí en brokers tradicionales te confirmarán que el broker suele mandar la información sobre tus compras y ventas a Hacienda, de modo que buena parte del trabajo lo tienes hecho al hacer la declaración. Pero Bitstamp y similares obviamente no dicen nada a Hacienda (y exchanges de altcoins, aún menos). Así que vamos a ver si entiendo tu cabreo: ¿tienes a Hacienda encima? Porque si no, no sé de qué te preocupas.  ;)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: lukyforvar on April 21, 2016, 08:26:09 AM
Creo que esta entrevista con un inspector de hacienda os va a gustar :D http://www.cesarvidal.com/index.php/Blog/ver-blog/entrevista_con_ignacio_ruiz_jarabo (http://www.cesarvidal.com/index.php/Blog/ver-blog/entrevista_con_ignacio_ruiz_jarabo)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: telemaco on April 21, 2016, 08:40:06 AM
Gracias de nuevo por tu respuesta.

La verdad es que no. No he recibido ningún tipo de notificación en ningún sentido pero es por dormir tranquilo.
Me siento incómodo cuando transfiero bitcoins a mi cuenta ya sea con bitstamp o con otro método por lo que se lee de que a mucha gente los bancos les preguntan o les cierran la cuenta (en otros paises mas que nada). No es mi caso ni el de nadie que conozca en España. Pero como no tengo claro que es lo que hay que hacer fiscalmente a pesar de investigar y preguntar no quiero sorpresas ni cartas de hacienda con mensajes amenazantes y multas desporoporcionadas un dia cuando miro el buzón.

Cuando por un lado aparecen empresas como Bit2Me o como btcpoint y las usas por comodidad y en otros casos, empresas totalmente reguladas como Bitwala ofrecen alguna tarjeta que luego resulta que es de Gibraltar, me preocupa que alguien me pueda decir que es structuring (sea lo que sea) y que mi inocente intento de hacer un uso más cómodo de las criptomonedas, mas dia a dia o mas a mano lo interpreten como intento de estafar o defraudar o lo que sea.

Me preocupa y me sorprende como aún incluso antes de haber respondido las autoridades a las preguntas de como tributar, aparecían noticias de que el "cuerpo de élite" de la agencia tributaria estaba enviando cartitas a los señores que participan en la calle bitcoin con cartas últimatum de aupa cuando a lo mejor habían vendido una cerveza en bitcoin en 4 meses. Me preocupa sufrir una actitud tan despótica e injusta cuando ni siquiera han aclarado las normas de juego.

En fín y desde el punto de vista práctico, veo páginas de internet como bitcointaxes, cointracking o similares que añadiendo apis de paginas te sacan las transacciones y te hacen cálculos LIFO, FIFO, etc de lo que declarar. Sabes si alguna de esas páginas es compatible con la fiscalidad española?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: paxmao on October 07, 2017, 07:16:55 AM
Igual creo que se viene en un par de días un tutorial sobre jurisprudencia aplicable, porque veo que ha suscitado dudas razonables.

La remuneración en Bitcoin equivale a pago en especia. Habría que pagar impuestos.
En el momento que compres algo es que has tenido un ingreso. Si no puedes justificar de donde sale, problemas y/o trullo.
El invertir no es una "actividad economica" en el sentido empresarial que yo sepa. Sino quien compre unas acciones tendría que estar dado de alta.

Eso es como entiendo yo estos asuntos. Bueno, eso y que me gusta discutir dice mi mujer.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Csmiami on October 13, 2017, 06:52:26 PM
Igual creo que se viene en un par de días un tutorial sobre jurisprudencia aplicable, porque veo que ha suscitado dudas razonables.

La remuneración en Bitcoin equivale a pago en especia. Habría que pagar impuestos.
En el momento que compres algo es que has tenido un ingreso. Si no puedes justificar de donde sale, problemas y/o trullo.
El invertir no es una "actividad economica" en el sentido empresarial que yo sepa. Sino quien compre unas acciones tendría que estar dado de alta.

Eso es como entiendo yo estos asuntos. Bueno, eso y que me gusta discutir dice mi mujer.


Sin embargo la compra de BTC no esta sujeta al IVA u otros impuestos aplicables, y no son acciones, sino que una divisa. Se me ocurre compararlo a comprar dolares por algun motivo X, y que al pasarlo a euro por el flujo de mercado tengas mas euros que lo que tenias al principio


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: paxmao on October 15, 2017, 01:17:39 PM
Igual creo que se viene en un par de días un tutorial sobre jurisprudencia aplicable, porque veo que ha suscitado dudas razonables.

La remuneración en Bitcoin equivale a pago en especia. Habría que pagar impuestos.
En el momento que compres algo es que has tenido un ingreso. Si no puedes justificar de donde sale, problemas y/o trullo.
El invertir no es una "actividad economica" en el sentido empresarial que yo sepa. Sino quien compre unas acciones tendría que estar dado de alta.

Eso es como entiendo yo estos asuntos. Bueno, eso y que me gusta discutir dice mi mujer.


Sin embargo la compra de BTC no esta sujeta al IVA u otros impuestos aplicables, y no son acciones, sino que una divisa. Se me ocurre compararlo a comprar dolares por algun motivo X, y que al pasarlo a euro por el flujo de mercado tengas mas euros que lo que tenias al principio

Si, y tendrías que pagar impuestos por plusvalias.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: jamalastre on November 09, 2017, 02:27:49 PM
Muchas gracias por abrir este hilo, son dudas que casi todos los vinculados a este mundo tenemos, es bueno tener todos los datos posibles para evitar males con Hacienda, pues creo q ya bastante roban a los de abajo. En la proxima amnistia fiscal canjeare lo poco que tenga para que no se quede en menos aun si me pillan.  ;D ;D ;D ;D


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: beckerBTC on November 12, 2017, 10:42:35 PM
que se diria de los envios internacionales ?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Galletongo on November 14, 2017, 05:17:21 PM
Gracias por el post, información así valen sus caracteres en oro, aunque sea nuestro preciado CryptOro ( en este mundo la gente lo llama altcoins, yo CryptOro)

Me parece importantisimo saber y conocer la legislación vigente en el pais de turno, en este caso, el de la fiscalía española.

Un post que debería tener una chincheta para que todo el mundo pueda leerselo


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Davil on November 16, 2017, 12:26:35 AM
Gracias por la información, estoy juntando algunas criptomonedas y en el momento que las saque es bueno saber que tendré un punto de partida en este hilo, que espero que entre todos vayamos actualizando.

En el caso de comprar Bitcoins y especular con ellos parece que está más o menos claro, si es menos de un año normal y si no al ahorro: tienes el tracking de tus operaciones y listo. Pero en el caso de airdrops y bounties??  ??? monedas y tokens que salen de la "nada" y resulta que valen dineros?


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: luar on December 08, 2017, 07:27:22 PM
Interesante el hilo, peria bueno, que si alguien ha tenido alguna experiencia "real" lo comentase.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: dcarrero on December 31, 2017, 07:11:27 PM
Os recomiendo leer también este artículo :

Tributación de criptomonedas como el Bitcoin https://portalfinanciero.com/tributacion-criptomonedas-bitcoin/

Espero que os sea útil

Saludos
Contraseñas seguras : https://password.es


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Miriy on January 03, 2018, 11:08:25 PM
A todos los que han participado en este post, muchas gracias, cada vez más claro como proceder, para evitar problemas. Lo que me queda en el aire es que hacer con lo obtenido por airdrops, ya que va sumando y al final como se justifica?. Si alguien puede hechar una mano con la explicación, gracias.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Galletongo on January 05, 2018, 08:04:31 AM
A todos los que han participado en este post, muchas gracias, cada vez más claro como proceder, para evitar problemas. Lo que me queda en el aire es que hacer con lo obtenido por airdrops, ya que va sumando y al final como se justifica?. Si alguien puede hechar una mano con la explicación, gracias.

Lo que yo entiendo es , que hay registro tanto  del día como de la hora en esos repartos de airdrop, se podrla mirar el precio en el momento en el que los recibiste a través de alguna gráfica como la de coinmarket, pero es una ardua tarea a parte , cual sería el "valor oficial" y de que gráfica de precio habría que mirarlo? Es todo demasiado complejo por ahora , o al menos para mi


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: alpha__60 on January 13, 2018, 10:12:49 AM
Magnifico hilo, de mucha utilidad.
Yo estoy un poco perdido con todo esto. Hace unos años metí 1000 euros en un exchange y he estado moviéndome por varios exchanges vendiendo y comprando bastante.
Ahora tengo unos 30000 euros y no se si debería declararlo o podría ir sacándolos poco apoco con tarjetas o cajeros.
¿Que me aconsejáis? gracias de antemano.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: EtherCoin on January 18, 2018, 12:07:07 PM
Ante todo magnifico hilo aunque me parece que el OP ya no pasa por aqui a menudo, una pena.

Mi caso es mas complicado de lo "normal", yo llevo desde el principio del 2013 en el sector de tecnologia blockchain y he estado y estoy involucrado en algunos proyectos muy conocidos de este mundillo. Por diversas aportaciones a estos proyectos he percibido varias donaciones en forma de cryptomonedas/cryptotokens.

Aunque soy de nacionalidad Española resido en el extranjero, asi que de declaraciones de la renta mas bien poco :) Ahora por cuestiones personales me interesa comprar una propiedad en España para mi uso y el de mi familia, por poner una importe digamos unos 500,000 euros.

Cual creeis que seria la mejor estrategia para hacer esto legalmente? Obviamente se que tendre que pagar impuestos y no tengo problema con eso, lo que si es que no me gustaria enfrentarme a temas legales mas tarde asi que quiero hacer todo sobre seguro.

Mi version del tema seria simplemente pasar por el aro y pagar el 23% de impuestos lo cual significaria desprenderse de 115,000 euros, no hace gracia pero menos haria tener a hacienda encima, el problema es que mis cryptos vienen de hace ya años y nunca he tenido necesidad de cambiar a fiat, eso si, han cambiado mucho de cartera a cartera y exchange a exchange, algunos de ellos ya cerrados/clausurados.

Asi que la pregunta clave que implica mi teoria seria: Como de problematico es el no poder demostrar con "documentacion legal" cuando has comprado o recibido tus cryptomonedas? Por que encima la verdad es que la gran mayoria como he mencionado antes han sido donaciones por aportaciones tecnicas/intelectuales.

Tema gris dentro de otro tema gris, lo se - simplemente queria hacer un pequeño brainstorm sobre esto con vosotros :) Que opinais?

Eth.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: catger on January 18, 2018, 07:26:08 PM
Según la hacienda española se es residente fiscal en España (es decir, tienes que pagar impuestos en España) si se cumplen los siguientes 3 requisitos: 1. Pasas más de 183 días al año en España.
2. El núcleo principal de tus actividades o intereses económicos radica en España (es decir, tienes un trabajo o negocio en España).
3. Tu familia (cónyuge e hijos) también viven en España.

Si no cumples ninguno de estos requisitos NO eres residente fiscal en España. Esa es la teoría. Pero para que hacienda deje de considerarte residente fiscal en España, aparte de no cumplir con ninguno de los 3 requisitos anteriores, deberás demostrar que eres residente fiscal en otro país, o sea que pagas impuestos en otro país distinto a España (no vale el certificado de residencia del consulado español). Para ello debes presentar a hacienda un certificado de residencia fiscal de tu país de residencia. Si tu país de residencia tiene un convenio con España para evitar la doble imposición, seguro que tendrán un modelo.

Si están dentro de este supuesto, pasa tus criptomonedas a fiat en tu país de residencia, paga los impuesto correspondientes y compra la casa en España mediante transferencia bancaria desde el banco de tu país de residencia. La hacienda española no podrá decir nada. Todo es legal.   


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: TeslaChain on January 18, 2018, 07:57:39 PM
Me preguntaba si la información del hilo sigue estando actualizada o ha quedado alguna cosa obsoleta, sobre todo por lo siguiente
Quote
Lo que nos viene a decir la Ley en este caso es que, estemos dados de alta o no como empresarios o trabajadores, los beneficios que obtengamos de la compraventa de Bitcoins superiores a los 1600 euros al año, debemos declararlos.

He leído en varios sitios que los porcentajes son los siguientes:
  • Hasta 6000 Euros de beneficios anuales - 19%
  • 6000,01 - 50000 Euros de beneficios anuales- 21%
  • Más de 50.000 Euros de beneficios anuales- 23%

Cierto es que se trata de poca cantidad de dinero, y dudo que con cantidades de menos de 2000 € pueda haber problemas, pero solamente por curiosidad.

Referencias:
https://forobits.com/t/que-hacemos-con-hacienda-fiscalidad-e-impuestos-sobre-bitcoin/2150/268 (https://forobits.com/t/que-hacemos-con-hacienda-fiscalidad-e-impuestos-sobre-bitcoin/2150/268)



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: TeslaChain on January 18, 2018, 09:21:04 PM
Me preguntaba si la información del hilo sigue estando actualizada o ha quedado alguna cosa obsoleta, sobre todo por lo siguiente
Quote
Lo que nos viene a decir la Ley en este caso es que, estemos dados de alta o no como empresarios o trabajadores, los beneficios que obtengamos de la compraventa de Bitcoins superiores a los 1600 euros al año, debemos declararlos.

He leído en varios sitios que los porcentajes son los siguientes:
  • Hasta 6000 Euros de beneficios anuales - 19%
  • 6000,01 - 50000 Euros de beneficios anuales- 21%
  • Más de 50.000 Euros de beneficios anuales- 23%

Cierto es que se trata de poca cantidad de dinero, y dudo que con cantidades de menos de 2000 € pueda haber problemas, pero solamente por curiosidad.

Referencias:
https://forobits.com/t/que-hacemos-con-hacienda-fiscalidad-e-impuestos-sobre-bitcoin/2150/268 (https://forobits.com/t/que-hacemos-con-hacienda-fiscalidad-e-impuestos-sobre-bitcoin/2150/268)

Me auto respondo:
Quote
Debemos declarar nuestra ganancia patrimonial por juego siempre y cuando ésta supere los 1.000 euros durante el ejercicio 2.014 en caso de no tener otras rentas y desde el primer euro en caso de tenerlas (rentas del trabajo, prestaciones, etc…) con independencia, eso sí, de si debemos tributar por ella o no.

Referencia:
http://www.poker-red.com/noticias/guia-basica-declarar-ganancias-patrimoniales-juego-2014-24051 (http://www.poker-red.com/noticias/guia-basica-declarar-ganancias-patrimoniales-juego-2014-24051)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: EtherCoin on January 19, 2018, 12:02:07 AM
Según la hacienda española se es residente fiscal en España (es decir, tienes que pagar impuestos en España) si se cumplen los siguientes 3 requisitos: 1. Pasas más de 183 días al año en España.
2. El núcleo principal de tus actividades o intereses económicos radica en España (es decir, tienes un trabajo o negocio en España).
3. Tu familia (cónyuge e hijos) también viven en España.

Si no cumples ninguno de estos requisitos NO eres residente fiscal en España. Esa es la teoría. Pero para que hacienda deje de considerarte residente fiscal en España, aparte de no cumplir con ninguno de los 3 requisitos anteriores, deberás demostrar que eres residente fiscal en otro país, o sea que pagas impuestos en otro país distinto a España (no vale el certificado de residencia del consulado español). Para ello debes presentar a hacienda un certificado de residencia fiscal de tu país de residencia. Si tu país de residencia tiene un convenio con España para evitar la doble imposición, seguro que tendrán un modelo.

Si están dentro de este supuesto, pasa tus criptomonedas a fiat en tu país de residencia, paga los impuesto correspondientes y compra la casa en España mediante transferencia bancaria desde el banco de tu país de residencia. La hacienda española no podrá decir nada. Todo es legal.    

Gracias por tu respuesta @catger.

Si, en mi caso particular cumplo todos los requisitos para ser NO residente fiscal en España y el pais donde resido SI tiene convenio con España para evitar doble imposicion, ahora bien, en el pais donde resido consto como que he dejado de trabajar ya hace años por lo tanto mis bienes no han variado mucho y no alcanzarian para justificar la cantidad mencionada en mi anterior post, aparte de que no he declarado nada de mi cartera de crypto por no haber cambiado cantidades importantes (debajo de los limites donde hacienda estaria interesada aqui) a dinero fiat.

El tema es que en mi pais de residencia si cambio de crypto a fiat el impuesto seria (aun no esta muy claro) quizas MAYOR del que pagaria cambiandolos en España, de otra manera obviamente tiraria de la opcion que comentas, una cosa es pagar un 23% y otra un 51% como estoy sospechando que impondrian donde vivo, de ahi mis dudas.

Quizas sea el momento de regresar a España :) O a lo mejor irse a otro pais mas crypto-friendly... Alguno sabeis de paises donde estas cosas resulten menos complicadas?

Eth.





Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: EtherCoin on January 20, 2018, 01:35:38 PM
Bueno como no he recibido ninguna respuesta a mi anterior post he estado rebuscando un poco de informacion en la red y he encontrado un par de cosas interesantes, las pongo aqui por si a alguno le sirvieran de ayuda.

Antes de nada recalcar que TODA LA INFORMACION QUE PONGO A CONTINUACION NO HA SIDO CONFIRMADA POR NINGUN EXPERTO aunque se citan referencias oficiales, asi que por favor, se tome con un granito de sal.

--

Al parecer en ALEMANIA la cryptomoneda/token se considera "divisa extranjera" y como tal se ve afectada por la §23 Absatz 1 Nr. 2 EStG: https://www.gesetze-im-internet.de/estg/__23.html (https://www.gesetze-im-internet.de/estg/__23.html)

En ese articulo se cita que cualquier ganancia derivada de la venta de una divisa extranjera no esta sujeta a impuesto sobre la renta si esta ha estado en nuestra posesion durante un periodo de al menos un año, para prevenir casos de especulacion a corto plazo.

Fuentes:
https://www.toytowngermany.com/forum/topic/370675-taxation-on-crypto-currencies/ (https://www.toytowngermany.com/forum/topic/370675-taxation-on-crypto-currencies/)
https://www.gevestor.de/details/bitcoin-und-steuern-was-anleger-unbedingt-wissen-muessen-801380.html (https://www.gevestor.de/details/bitcoin-und-steuern-was-anleger-unbedingt-wissen-muessen-801380.html)

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El caso de DINAMARCA es incluso mas positivo, desmarcandose como quizas el pais mas friendly para con las divisas/tokens crypto (ojo, informacion del 2014). En ese bendito lugar hasta los trades estan exentos de impuestos, https://ekstrabladet.dk/kup/elektronik/teknologi/article4678044.ece (https://ekstrabladet.dk/kup/elektronik/teknologi/article4678044.ece) y los beneficios que deriven de la conversion de crypto a fiat no estan sujetos a impuestos https://www.coindesk.com/denmark-declares-bitcoin-trades-tax-free/ (https://www.coindesk.com/denmark-declares-bitcoin-trades-tax-free/)

Fuentes:
https://www.skat.dk/skat.aspx?oId=2156173&vId=0 (https://www.skat.dk/skat.aspx?oId=2156173&vId=0)

--

En SINGAPUR Bitcoin no esta considerado ni divisa ni mercancia, y aun siendo el caso de que en las operaciones comerciales que involucren divisas digitales hay de hecho que pagar impuestos, esta regla no se aplica a nivel individual como persona https://www.iras.gov.sg/irashome/Businesses/Companies/Working-out-Corporate-Income-Taxes/Specific-topics/Income-Tax-Treatment-of-Virtual-Currencies/ (https://www.iras.gov.sg/irashome/Businesses/Companies/Working-out-Corporate-Income-Taxes/Specific-topics/Income-Tax-Treatment-of-Virtual-Currencies/)

Asi que si uno reside en este pais y es elegible para declarar impuestos en el mismo, se podria librar de todo pago que involucre moneda digital en tanto y en cuanto el caso se ajuste a ciertas reglas https://www.iras.gov.sg/irashome/Businesses/Companies/Working-out-Corporate-Income-Taxes/Taxable-and-Non-Taxable-Income/Determining-the-Existence-of-a-Trade/ (https://www.iras.gov.sg/irashome/Businesses/Companies/Working-out-Corporate-Income-Taxes/Taxable-and-Non-Taxable-Income/Determining-the-Existence-of-a-Trade/)

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En BELORRUSIA han declarado legales las monedas digitales y ademas las ICOs y el trading seran exentas de impuestos durante los proximos 5 años https://news.bitcoin.com/belarus-legalizes-cryptocurrencies-icos-tax-free/ (https://news.bitcoin.com/belarus-legalizes-cryptocurrencies-icos-tax-free/) - De este caso particular si puedo dar fe de primera mano puesto que uno de los proyectos con los cuales colaboro esta en fases de negociacion con su gobierno.

--

ESLOVENIA es otro pais considerado paraiso fiscal por los inversores en crypto, aqui las ganancias capitales procedentes de trading crypto estan exentas de todo impuesto desde el año 2013 aunque los negocios que acepten o paguen con cryptodivisa si estan sujetos a ciertos pagos. Los ciudadanos que eligan recibir sus salarios en Bitcoin tambien han de declarar como si fuese FIAT.

Fuentes:
https://www.coindesk.com/slovenia-clarifies-position-cryptocurrency-tax/ (https://www.coindesk.com/slovenia-clarifies-position-cryptocurrency-tax/)

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Por ahora estos son los casos que he compilado, tambien hay informacion que clasifica Hong Kong, Nueva Zelanda, Suiza, Islas Barbados, Islas Mauricio y Malasia como potenciales paraisos crypto pero no hay nada oficial todavia, intentare extender y actualizar la informacion traduciendo algunos de los articulos legislativos que he citado arriba en sus idiomas originales, e intentando añadir las ultimas incorporaciones al tren de crypto como son Corea del Sur y Japon.

Saludos.

Eth.



Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: wewa on January 27, 2018, 08:28:21 PM
ok, gracias por informaciones..


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: biticoin on February 01, 2018, 07:30:20 PM
Muchas gracias EtherCoin por toda esta información es estupendo que te hayas tomado la molestia de intentar averiguar los países  mas amigables con las criptomonedas pero también hay que recordar que las leyes cambian y seguramente aquí en españa con el tiempo vayan apareciendo leyes mas suaves con las criptomonedas


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: EtherCoin on February 03, 2018, 12:50:39 AM
Muchas gracias EtherCoin por toda esta información es estupendo que te hayas tomado la molestia de intentar averiguar los países  mas amigables con las criptomonedas pero también hay que recordar que las leyes cambian y seguramente aquí en españa con el tiempo vayan apareciendo leyes mas suaves con las criptomonedas

Si, desde luego y estoy totalmente de acuerdo contigo en que las leyes cambian, ahora bien, que vayan a mas suaves eso ya no lo se, desde luego eso esperamos todos aunque uno que ya peina canas tiene mas bien poca confianza en las buenas intenciones del gobierno español :)

Espero dentro de poco poder hacer un update al menos sobre la situacion en Singapur ya que es un pais que conozco bien y estoy por alli a menudo, es por ahora el numero uno en mi lista de candidatos si es que cambio de pais de residencia.

Eth.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: EtherCoin on February 03, 2018, 01:08:33 AM
Me parece muy interesante este hilo que has abierto. Como puedo contactar contigo para que me asesores sobre este tema?. Tengo una empresa y estoy interesado en admitir el pago con Bitcoin y otras criptomonedas, pero me preocupa un poco hacienda. Actualmente acabo de presentar mi periódico digital https://noticiasbitcoin.io/ te invito a echarle un vistazo.

Te deseo la mejor de las suertes con la publicacion y espero que arrojes un poco de luz sobre las opiniones (normalmente distorsionadas y corruptas) que tiene la gente, especialmente los periodistas por informarse mal, en nuestro pais.

Eth.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Melanny on February 08, 2018, 03:54:19 PM
Gracias he aprendido bastante con tu post.
También sería interesante estudiar las repercusiones que puede tener las decisiones que tomo el senado español sobre la inversión en criptomonedas ayer, que si bien no es “la bolsa” es un tipo de inversión virtual muy popular hoy en día, y pinta que luego de la iniciativa española no solo nos tendremos que preocupar por las tendencias de las monedas, sino también por la intervención de otros países.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: EduardoF on February 09, 2018, 02:50:52 PM
Excelente argumento y estoy de acuerdo con el tema de los donativos.



Muy buen aporte. Yo estoy un informe de este tema para el blog del comparador financiero Wannacash.es, me servirá bastante. Gracias y un saludo






EduardoF
Analisis finanzas personales Wannacash
Creditos Asnef (https://www.wannacash.es/creditos) - Minicreditos (http://www.wannacash.es/creditos/minicreditos)


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: JohnnieTheDealer on March 02, 2018, 12:06:20 AM
Quiero añadir que no está todo dicho. 2018 será un año de grandes cambios en la fiscalidad del Bitcoin y las criptomonedas en España.
España sigue de cerca la estela de Alemania, que ya está tomando posiciones bastante claras, y liberales, respecto a las criptomonedas, considerándolas moneda de curso legal al mismo nivel que el dinero FIAT.

Mi recomendación es que si no necesitan el dinero, aprovechen para tradear o holdear este 2018 sin salirse de su exchange habitual, porque la fiscalidad puede cambiar (para bien) a lo largo de este curso, momento a partir del cual será más favorable para recuperar ganancias pagando los mínimos impuestos posibles dentro de una operación completamente legal.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Blackrunin on March 13, 2018, 11:00:31 AM
estuve leyendo y al final no me ha quedado nada muy claro, si por ejemplo una persona mina 1ETH al año  y compra  3LTC  y los utiliza en un exchange para "intercambiar" estas criptomonedas y al final usa estas para comprar cosas por internet como metodo de pago en "criptomonedas"  esta en la OBLIGACIÓN TOTAL de declarar algo si digamos que las ganancias equivalentes de todo esto no superan digamos los 6mil € al año o menos? o si cambias a €  una cantidad de 400€ +- al mes ?



Imaginemos que una persona mina 1eth  y entra a la web de una tienda online y se compra ropa o "X" articulo y paga con ETH. Tiene que declarar algo??


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: skiper on March 18, 2018, 02:27:44 PM
 ;D me quedo por aki, que nunca se sabe


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Bolovich on April 30, 2018, 10:08:07 AM
Muy interesante el tema. Por lo que veo, de momento los gobiernos no tienen muy claro que hacer con las crypto.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Melanny on June 06, 2018, 12:19:28 AM
pero es algo que genera dinero, y me imagino que con la volatilidad del mercado, ellos deben mantener un ojo en las criptomonedas


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Pontarios on August 31, 2018, 02:47:10 AM
excelente articulo querido amigo muy interesante


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Victoriacred on December 11, 2018, 01:10:14 PM
¡Gran artículo! Me interesó mucho leer este material y aprendí mucha información útil.


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: dualcore156 on March 21, 2019, 01:13:44 PM
Videos informativos:

Seico Asesores:
https://www.youtube.com/watch?v=QMs3plsMD1Q


Funontheride: en el minuto 16

https://www.youtube.com/watch?v=3NP5yzH2vgg

 ??? :-X :-\


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: creditosrapidos10min on April 03, 2019, 08:44:26 AM
Muy buen post. Lo que escuché ayer es que ya tienen en cuenta las criptomonedas en hacienda, ya que al presentar la declaración de la renta de este año han dicho que los beneficios con criptomonedas tienen que ser tratados como ganancias patrimoniales. Eso si, si hay pérdidas no son pérdidas patrimoniales, muy inteligentes los que han inventado el sistema, ya que si ganas ellos ganan también, y si pierdes pues no te tienen que compensar, mientras tu eres el que arriesga...


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: olotvela on May 11, 2019, 02:22:02 PM
Se agradece, porque el tema de la fiscalidad es algo que me preocupa bastante por el asma que suele generar en la clase política todo aquello que no entienden bien...


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: velador_noctis on October 15, 2019, 12:12:05 PM
Muy bien! Me gustaría ver un artículo patrecido para América Latina, saludos


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: clamatac on January 27, 2021, 06:17:03 PM
Buenas,

recién me he unido al foro para preguntar en este post la situación a nivel fiscal en 2021.

A día de hoy, ¿cómo está el tema fiscal de criptomonedas?

En principio no tengo intención de vender nada de lo que tengo, pero si algún día lo vendo y lo paso a mi cuenta bancaria es obvió que hacienda se entera y querrá su parte de impuestos.

Entiendo que debería ser algo parecido a las acciones, es decir. Por ejemplo compro 10 acciones de algo a 100, total 1000 de inversión. Con el tiempo, vendo todas las acciones y tengo 2000 €. Con lo que hacienda creo que me cobra el 20 y algo % sobre los mil euros de beneficios, ¿es correcto?

Si en lugar comprar las acciones de una tocada se hace en varias tandas a diferentes precios, e idem al venderlas, es decir, se venden en diferentes tandas y a diferentes precios, ¿cómo se declara esto en la declaración de la renta?

¿sería el mismo criterio para las criptomonedas !?!?

Saludos


Title: Re: Bitcoins y fiscalidad española: guía para el operador y el desobediente
Post by: Csmiami on January 27, 2021, 07:30:14 PM
A día de hoy, ¿cómo está el tema fiscal de criptomonedas?

Gris es una forma suave de decirlo... Hay un hilo en el que se está discutiendo el anteproyecto de ley actual (enlace (https://bitcointalk.org/index.php?topic=5281832.0)). Lo unico claro por el momento es que no hay nada claro

Quote
¿sería el mismo criterio para las criptomonedas !?!?
Si te encuentras en tán idílica situación, sí, esa teoria se puede aplicar sin problema alguno; y en caso de comprarse en distintas tandas, solamente tendrías que aplicar el criterio FIFO (first in, first out) para organizarlas; dicho de otra forma, las primeras que has comprado son las primeras que vas a vender, y el "beneficio" se va a calcular de esa manera. Si en cambio te encuentras en la situación de la mayoría de los usuarios de aquí (recibiendo satoshis por realizar X o Y), la cosa se complica hasta el punto de quedarnos como estamos ahora mismo; en un vacio legal. Y si ya para rematar utilizas esos Bitcoins para comprar/pagar algo, olvidate de tener un camino sencillo a la hora de hacer nada con el Estado